DEFENSA AL CONSUMIDOR

Confirmaron indemnización para compradora de un cero kilómetro dañado

La demanda fue entablada por una compradora de Roca contra Volkswagen Argentina S.A. y Sapac S.A por un monto superior a 190 mil pesos.
miércoles, 24 de agosto de 2016 · 20:23

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Roca confirmó una sentencia de primera instancia y la respectiva condena contra una fábrica automotriz y una concesionaria regional por los daños y perjuicios que sufrió una mujer a raíz de los desperfectos en el cero kilómetro que había adquirido.

La demanda fue entablada por una compradora de General Roca contra Volkswagen Argentina S.A. y Sapac S.A., que resultaron condenadas "en forma solidaria" a abonar a la damnificada una suma cercana a los 200.000 pesos, más intereses.

 La sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado Civil N° 9, fue apelada por las empresas y tras analizar las presentaciones la Cámara rechazó ambos recursos.
 

La demandante compró un VW Vento en junio de 2007, con garantía de fábrica por dos años, y las pericias realizadas durante el proceso judicial determinaron que las falencias de fábrica se vieron agravadas como "consecuencia de las maniobras de incorrecto armado y ensamble y puesta a punto prestadas en el taller de servicio oficial de Volkswagen".

Así, la sentencia de primera instancia reconoció a la mujer, en el marco de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, el derecho a un resarcimiento por los gastos de transporte, notariales y de mediación erogados, por la privación de uso del auto durante más de un año, por la pérdida del precio de reventa y por daño moral, totalizando una indemnización de $ 197.946,50, más los correspondientes intereses.

En su apelación la fábrica alegó que los problemas en el rodado aparecieron tardíamente y que los mismos respondieron a un "deficiente cuidado" de la propietaria y al uso de aditivos y combustibles de mala calidad. Las dos demandadas, además, cuestionaron los montos indemnizatorios reconocidos en los distintos rubros.
 

La Cámara, con voto rector del juez Víctor Darío Soto y adhesión de su par Gustavo Martínez, destacó que la damnificada estuvo privada del libre uso de su auto desde mayo de 2009 hasta julio de 2010, lapso en el cual el rodado estuvo en reparación en talleres oficiales de Roca, Neuquén y Bahía Blanca.

En ese proceso debieron ser reemplazados la tapa de cilindros con todos sus componentes y los cuatro inyectores de combustible, entre otras intervenciones.

El Tribunal también tuvo por acreditado el "desaprensivo tratamiento" que recibió el rodado en la concesionaria, en materia de reparación y condiciones de traslado, y destacó que a la fábrica correspondía "velar por la calidad de los productos y la atención al cliente que importa la red de fabricación, ensamblado y comercialización que encabeza".
 
Tanto el fallo de primera instancia como el de Cámara reconocieron que "evidentemente el daño moral ha existido", por la "angustia" que le produjo a la mujer no contar "con un vehículo que reporte comodidad, tranquilidad, seguridad para desplazarse en una ruta sumamente transitada y por demás conflictiva como lo es la Ruta Nacional 22" y por la afectación que eso produjo en sus actos de la vida social, laboral y familiar, tal como lo determinó una pericia psicológica incorporada como prueba.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios