FALLO DEL STJ

Los consumidores rionegrinos no tienen que cargar con las costas

Lo dispuso el STJ de Río Negro en un “caso testigo” sobre la “justicia gratuita”. Revocó los fallos de primera y segunda instancia.
lunes, 13 de noviembre de 2017 · 18:33

 El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de Río Negro resolvió que los consumidores que inician acciones contra empresas o compañías de servicios, no deben pagar las tasas ni las costas de los procesos judiciales. Lo hizo al revocar los fallos de primera y segunda instancia de un expediente al que, ahora, pasó a considerarse como "caso testigo” sobre la "justicia gratuita”.

Fuentes judiciales explicaron que la Cámara Civil de Apelaciones había obligado a una consumidora a pagar las costas de un proceso. Y que el máximo Tribunal revocó ese fallo, eximiéndola "del pago de sellados, tasas y demás costas”.

De esta manera, la resolución de los jueces del STJ Ricardo Apcarián y Liliana Piccinini, fijó un antecedente clave.

"La temática puesta a consideración de este Cuerpo se circunscribe a determinar el alcance del beneficio de justicia gratuita establecido en el último párrafo del Art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, cuya aplicación ha generado una ardua discusión tanto en doctrina como en jurisprudencia”, explicaron.

El fallo del máximo Tribunal cita jurisprudencia que da cuenta de "la debilidad negocial del consumidor frente al proveedor, de tipo económico y cultural, encuentra su adecuada tutela mediante la consagración del Estatuto en la Carta Magna”.

Cabe consignar que en las causas judiciales, las costas son pagadas por las partes perdidosas, y es un monto al margen de la indemnización, multa o lo que fuere.

Dentro de las costas se incluyen los gastos inherentes al proceso; es decir, notificaciones, tasas y demás, así como, en ciertos casos, los gastos de asistencia letrada.

El voto rector contó con la adhesión del vocal Enrique Mansilla y la abstención, atento a que se alcanzó la mayoría necesaria, de Adriana Zaratiegui y de Sergio Barotto.

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