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Expulsaron a miles de empleados públicos que iniciaron en el 2023

A través del decreto 84/2023 en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció la no renovación de contratos.
Martes, 26 de diciembre de 2023 a las 12:51

A través de los decretos 84/2023 y 77/2023 publicados este martes de 26 de diciembre, el Gobierno oficializó la no renovación de los contratos por empleo público que se firmaron durante el 2023. Según trascendió, la cifra de personal afectado llegaría a 7 mil. Algunos puestos serán revaluados durante 90 días. 

El decreto alcanza no solo a la administración central del Poder Ejecutivo, sino también a organismos descentralizados, empresas públicas y sociedades anónimas de mayoría estatal. 

"Las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, no serán renovadas", detalla la primera norma.

Por otra parte, se exceptúan las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales; personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación; y personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada.

Asimismo,  las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley 25.164 (que regula el Empleo Público) y del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 (cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1° de enero de 2023) no podrán ser renovadas por un periodo mayor de 90 días corridos.

Por último, el Decreto 1109/17 establece el régimen de contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos establece que dichos contratos no podrán superar los 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso.
 

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