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Viernes 25 de Abril, Neuquén, Argentina
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Anunciaron la eliminación de las retenciones a las economías regionales

Se modificaron los derechos de exportación de 371 posiciones arancelarias vinculadas a citricultura, pesca y acuicultura, arroz, vitivinicultura, maní, tabaco y foresto industria.
Viernes, 08 de septiembre de 2023 a las 16:09

El ministro de Economía, Sergio Massa, acompañado por el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Juan José Bahillo, anunciaron este jueves la eliminación de las retenciones a las economías regionales.

A través de un decreto que ya fue publicado en el Boletín Oficial, se modificaron los derechos de exportación para distintos productos y subproductos de la citricultura, pesca y acuicultura, arroz, vitivinicultura, maní, tabaco, y la foresto industria, correspondientes a 371 posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

"Hemos decidido llevar a cero las retenciones de todas las economías regionales con valor agregado, es decir, con procesos de industrialización sobre la producción primaria de manera tal de mejorar la competitividad de todas las economías regionales argentinas", afirmó Massa durante el anuncio de la medida.

 

Además, el titular del Palacio de Hacienda destacó que "a partir del esfuerzo conjunto podemos ser más competitivos, acumular más reservas que es el camino para el desarrollo argentino. No es con recetas mágicas, no es con soluciones declamativas, sino haciendo más competitivas nuestra exportación, defendiendo el valor de nuestro empleo y acumulando reservas como la Argentina va a salir adelante y ese es el camino".

Bahillo destacó que “la iniciativa permitirá impulsar la agregación de valor nacional y promover las exportaciones de estas cadenas productivas, mejorando el nivel de ingresos de las y los productores”, al explicar que “representa un alivio de más de 182 millones de dólares al año para las y los productores”.

Una por una, las modificaciones a las retenciones de las economías regionales

Las modificaciones que beneficiarán la actividad económica de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Córdoba, Mendoza, San Juan, Tucumán, Salta, Jujuy, Buenos Aires, Santa Fe, Chaco, La Pampa y Catamarca, son las siguientes:

Arroz

Arroz con cáscara: de 5% y 6% a 3% y 4%.

Arroz descascarillado, parbolizado y no parbolizado, arroz parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado, Arroz no parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado: de 3% y 5% a 0%.

Arroz partido: de 4,5% y 5% a 2%.

Maní

Maní crudo con cáscara: de 7% a 4%.

Maní tipo confitería, blancheado y partido de: 4,5% y 3% a 0%.

Otros maníes crudos sin cáscara a granel y aceite bruto a granel: de 4,5% a 0%.

Tortas y residuos de extracción de aceite: de 5% a 3%.

Mosto

Jugo de uva (incluido mosto): de 4,5% a 0%.

Vino y otros

Vino, sidra, bebidas fermentadas, alcohol etílico y vinagre: de 4,5% a 0%

Cáscara deshidratada de cítricos

Cáscara deshidratada de cítricos: de 12% a 0%.

Aceites esenciales

Aceites esenciales de limón, naranja, lima y mezclas de sustancias odoríficas utilizadas como materias básicas en las industrias alimentarias o de bebidas productos con valor agregado de las economías regionales: de 3% a 0%.

Forestoindustria

Tableros, madera contrachapada, postes, corcho, cajones, barriles, extractos, taninos, esencias, papel, cartón: de 3% a 0%.

Pasta química y semiquímica de madera: de 4% a 0%.

Flejes, madera aserrada, hojas para chapado y contrachapado, maderas perfiladas, colofonias y ácidos resínicos: de 4,5% a 0%.

Leña, rollizos, madera en bruto: de 5% a 3%.

Madera en plaquitas o partículas, postes: de 5% a 0%.

Aserrín, aglomerados, briquetas, carbón: de 5% a 0%.

Tabaco

Tabaco sin desvenar y desperdicios de tabaco: de 12% a 5%.

Tabaco desvenado, cigarros, cigarrillos, tabaco para pipa y para fumar, extractos y jugos: de 4,5% a 0%.

Papa industrializada

Papas preparadas o conservadas sin vinagre o ácido acético, congeladas y no congeladas: de 4,5% a 0%.

Proteínas de papa en polvo: de 3% a 0%.

Pesca y acuicultura:

Pescado seco, incluso salado, sin ahumar y ahumado, excepto los despojos comestibles y salado, sin secar ni ahumar y en salmuera excluidos los despojos comestibles: de 7% a 0%.

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