NEUQUÉN

Expulsaron a los tres policías que buscaban formar un sindicato

Fueron notificados esta mañana en sus domicilios particulares.
lunes, 22 de septiembre de 2014 · 10:34
Neuquén.-  Sergio Arregui, Cristian Segura y Maximilano Serrano, los tres policías que querían formar un sindicato, fueron exonerados de la fuerza. 
Así lo resolvió, tal como estaba anunciado, el tribunal integrado por tres oficiales de la Policía en un juicio interno.
Los tres suboficiales fueron notificados en sus domicilios particulares. Ahora los efectivos policiales tendrán diez días para apelar  la resolución.

 

 Comunicación oficial

La Policía de Neuquén informa lo resuelto por el Tribunal Disciplinario Policial

La Policía de Neuquén informa lo resuelto por la Jefatura de Policía de la provincia de Neuquén, en relación al Tribunal Disciplinario Policial que se desarrollara oportunamente, para con los efectivos Sargento MAXIMILIANO RAMIRO SERRANO, Cabo Primero CHRISTIAN OMAR SEGURA CONTRERAS y Cabo SERGIO OMAR ARREGUI y de lo cual fueran notificados en el día de la fecha:

Resolución N° 1227 "JP” de fecha 19-09-2014
En su parte resolutiva,  expresa:

EL JEFE DE POLICÍA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
RESUELVE

ARTÍCULO 1°: SOLICITAR, al Poder Ejecutivo Provincial la DESTITUCIÓN POR EXONERACIÓN del Sargento MAXIMILIANO RAMIRO SERRANO (L.P. N° 846.596/0) por incurrir en la comisión de las faltas previstas en los Artículos E-1-8, E-1-7-, C-2-13, A-2-6- concordante con el Artículo 17° de la Ley 2081 y Artículo 26° incisos a), e) y l) de la Ley 0715, A-2-9- y E-3-1- del R.R.D.P., de conformidad a lo previsto en el artículo 56° Inc. b) de la Ley 0715, en concordancia con el concurso de faltas establecido en los artículos 24° y 25° del R.R.D.P.; en base a los considerándos expuestos que forman parte íntegra de la presente.

ARTÍCULO 2: SOLICITAR, al Poder Ejecutivo Provincial la DESTITUCIÓN POR EXONERACIÓN del Cabo Primero CHRISTIAN OMAR SEGURA CONTRERAS  (L.P. N° 837.529/0) por incurrir en la comisión de las faltas previstas en los Artículos E-1-8, C-2-13-, A-2-6- concordante con el Artículo 17° de la Ley 2081 y Artículo 26° incisos a), e) y l) de la Ley 0715- del R.R.D.P., de conformidad a lo previsto en el artículo 56° Inc. b) de la Ley 0715, en concordancia con el concurso de faltas establecido en los artículos 24° y 25° del R.R.D.P.; en base a los considerándos expuestos que forman parte íntegra de la presente.

ARTÍCULO 3°: SOLICITAR, al Poder Ejecutivo Provincial la DESTITUCIÓN POR EXONERACIÓN del Cabo SERGIO OMAR ARREGUI  (L.P. N° 058.090/0) por incurrir en la comisión de las faltas previstas en los Artículos E-1-8, E-1-7-, C-2-13, A-2-6- concordante con el Artículo 17° de la Ley 2081 y Artículo 26° incisos a), e) y l) de la Ley 0715, A-2-9- y E-3-1- del R.R.D.P., de conformidad a lo previsto en el artículo 56° Inc. b) de la Ley 0715, en concordancia con el concurso de faltas establecido en los artículos 24° y 25° del R.R.D.P.; en base a los considerándos expuestos que forman parte íntegra de la presente.

ARTÍCULO 4°: ORDENAR, el cese del cumplimiento de prestación laboral efectiva de los nombrados en los Artículos precedentes, disponiendo que a través de la Dirección de Personal se proceda a efectivizar el reintegro de la totalidad de los bienes provistos por la Repartición, incluyendo armamento, uniformes, credencial y todo cuanto obrare en sus poderes vinculando a la función policial, siendo el Jefe notificador responsable directo de su cumplimiento.


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