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Leve condena para un golpeador reincidente

Se trata de un hombre que acumuló dos hechos similares este año. Ayer recibió seis meses de prisión condicional, por haber golpeado a su pareja mientras paseaban por el lago Los Barreales junto a su hijo. Ya tenía otra condena a dos meses de prisión en suspenso.
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Miércoles, 08 de noviembre de 2017 a las 12:42
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Un hombre que en abril de este año golpeó salvajemente a su pareja durante una discusión en el lago Los Bareales, fue condenado a seis meses de prisión en suspenso,  tras un breve proceso judicial que culminó con un acuerdo entre la acusación y la defensa. No irá a prisión, pese a tener otra condena por un hecho similar.

El requerimiento de condena lo efectuó la fiscal Gabriela Macaya, durante la audiencia de control de acusación realizada este martes en Cutral Co.

La víctima, manifestó su consentimiento a la representante del Ministerio Público Fiscal para que arribara a un acuerdo con la contraparte. Por su parte el acusado aceptó la responsabilidad por los hechos y fue condenado por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en carácter de autor. La pena se le unificó con otra condena de dos meses de prisión condicional que tenía. "Como el hecho analizado en esta audiencia es anterior al hecho por el que ya fue condenado en octubre pasado, no corresponde la revocatoria de la condicionalidad de la pena", indicó la fiscal del caso.

El hecho ocurrió el  15 de abril  de este año. El acusado, identificado como S. D. M,   paseaba con su hijo y con la víctima, quién era su pareja  en ese momento, en el lago Los Barreales. Luego se produjo una discusión entre ambos, cuando la mujer le dijo que la relación estaba terminada. El imputado la empujó y cuando ella estaba en el suelo, le dio golpes de puño en la cabeza y en el cuerpo causándole lesiones leves.

Sobre  la base de las pruebas que presentó la fiscal del caso, el juez de garantías Raúl Aufranc resolvió avalar el acuerdo y le impuso las reglas de conductas al acusado, solicitadas por la fiscalía: prohibición de acercamiento a la víctima por  cualquier medio y acto de perturbación,  por el plazo de dos años. También deberá fijar residencia y concurrir a la dirección de Población Judicializada.

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