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Mató al del cumpleaños y lo declararon responsable

Un tribunal culpó a Andrés Salgado del crimen de Cristian Soto, ocurrido en marzo del año pasado en Zapala.
Jueves, 04 de octubre de 2018 a las 10:49
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El hombre que mató a puñaladas a su amigo al que le festejaban el cumpleaños, fue declarado responsable del delito de homicidio simple, por un tribunal de Zapala.

Se trata del episodio ocurrido en marzo del año pasado cuando fue asesinado Cristian Andrés Soto, durante el festejo de su cumpleaños que había organizado para los amigos. Para los jueces, el responsable de su deceso es Andrés Maximiliano Salgado, a quien en una audiencia posterior le dictarán sentencia.

En el juicio de responsabilidad que demandó dos jornadas y culminó el martes, el tribunal colegiado compuesto por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Mario Tomassi y Richard Trincheri resolvió declarar penalmente responsable al imputado por el delito de homicidio simple en carácter de autor.

El pedido de responsabilidad lo hicieron la fiscal jefe Sandra González Taboada y la fiscal del caso Laura Pizzipaulo. 

En el alegato de clausura, González Taboada expresó que “el Ministerio Público Fiscal ha logrado acreditar de forma plena y certera ambos extremos de la acusación, es decir, el hecho por el cual se trajo a juicio a Salgado como así también su responsabilidad penal el dicho hecho”.

La teoría del caso que logró acreditar la fiscalía es que el hecho ocurrió el 17 de marzo de 2017 en la ciudad de Zapala. Entre la 1.30 y las 2.30 de la madrugada Andrés Maximiliano Salgado, Cristian Andrés Soto y otros compañeros de trabajo se encontraban en una vivienda cenando y festejando el cumpleaños de la víctima. En un determinado momento, Salgado y Soto discutieron y salieron del domicilio hacia vereda con intención de pelear. Una vez afuera, Salgado extrajo un cuchillo y lo clavó en el abdomen de la víctima. Soto fue trasladado al hospital zonal donde luego de nueve días internado, falleció por una falla multiorgánica.

Los magistrados comunicaron que el veredicto fue por unanimidad y que la sentencia completa con los fundamentos será remitida electrónicamente dentro del plazo legal de cinco días hábiles. 
 

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