Al dictarse, este martes, el sobreseimiento de quien había sido imputado por la presunta comisión del delito de homicidio culposo, el accidente que le costó la vida a una niña de 7 años en un hotel de Bariloche no tendrá responsables penales.
El penoso hecho ocurrió en horas de la tarde del 23 de enero de 2017, en el hotel Concorde, sito en Libertad 131 de esa localidad.
Los investigadores lograron establecer que, pasadas las 18, se abrieron las puertas y la chiquita quedó atrapada en el hueco del ascensor que estaba en el subsuelo y fue llamado desde uno de los pisos. De inmediato se escucharon los gritos desesperados de trabajadores y turistas; pero ya era demasiado tarde y, lamentablemente, la niña falleció producto de las severas lesiones.
Ahora se realizó la audiencia de control de acusación; y, luego de escuchar a la fiscalía y a la defensa, el juez de juicio Bernardo Campana dispuso el sobreseimiento de Ariel Hernán Evans, técnico responsable del mantenimiento, a quien la fiscalía le había imputado la autoría penalmente responsable de homicidio culposo.
Al momento de resolver, el juez consideró que se endilga a Evans, negligencia e impericia como responsable del mantenimiento del ascensor; pero lo cierto es que, al momento del accidente, no existía normativa municipal que estipulara la distancia que debe existir entre la estructura y la puerta de un elevador en un establecimiento hotelero.
En ese sentido, se mencionó, que luego de tan luctuoso suceso, el Concejo Municipal sancionó una ordenanza que regula esa distancia.