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Sábado 05 de Julio, Neuquén, Argentina
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Indemnizarán a madre de joven al que acusaron de motochorro

El camionero que lo atropelló argumentó que el muchacho huía de un robo. Tenía 21 años y falleció a causa del violento impacto. La Justicia condenó al camionero.
Sabado, 01 de septiembre de 2018 a las 09:24
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El camionero que chocó a dos motociclistas de los que dijo que fugaban tras haber cometido un supuesto robo, tendrá que indemnizar a la madre de uno de ellos con el pago de 520 mil pesos e intereses.

Así lo dispuso la Sala Tercera de la Cámara Civil de Neuquén, al rechazar las apelaciones realizadas por el camionero Alberto Otto S. y la aseguradora Bernardino Rivadavia, y dejar firme la sentencia condenatoria que había dictado un juzgado de primera instancia.

El accidente ocurrió allá por febrero de 2014 en el cruce de las calles Elordi y Catriel de la ciudad de Neuquén, y quien inició la demanda fue Griselda Delicia C., madre de Alexander Angel N. quien conducía la moto Appia y murió a causa del violento impacto.

El joven tenía 21 años y viajaba en compañía de otro muchacho, que resultó con heridas graves.

En su apelación, el conductor del camión Mercedes Benz y la compañía de seguros dijeron que no se encontraba probado que haya violado la prioridad de paso. Pero la Justicia consideró que el camionero no sólo no respetó las prioridades, sino que además circulaba a exceso de velocidad.

Al margen de lo que tiene que ver con las normas de tránsito, los apelantes también argumentaron que los motociclistas venían de cometer un supuesto arrebato, y eran perseguidos por la Policía.

“Los ocupantes de la motocicleta llevaban en su poder dos carteras con elementos varios en su interior, y ante la consulta efectuada al Comando Radioeléctrico por el personal policial que intervino en el lugar, se informó que se había producido un hecho de robo, en la modalidad denominada arrebato”, dijeron los apelantes.

Pero, a la hora de resolver, los jueces de Cámara Marcelo Medori y Fernando Ghisini coincidieron con el juzgado de primera instancia en que la prioridad de paso la tenía la moto; y dijeron que “no existen elementos de prueba que permitan afirmar que, quién en vida fuera el Sr. Alexander Angel N., en los momentos previos al accidente circulara a una velocidad superior a la legalmente permitida para el sector”.

Respecto del presunto robo que mencionó el camionero, los jueces dijeron lo siguiente: “Dicho extremo no se encuentra acreditado, pues no hay sentencia penal condenatoria que permita imputar el delito que se atribuía al joven fallecido”.

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