Un hombre que por conducir ebrio chocó por detrás a otro vehículo y provocó la muerte de tres personas –una de ellas un niño- y heridas a una cuarta, fue declarado culpable por un tribunal que avaló el acuerdo al que arribaron la fiscalía y la defensa.
El condenado se llama Luis Alfredo Marifil y en el próximo juicio de cesura deberá responder por el delito de lesiones leves culposas –un hecho- y homicidio culposo –tres hechos-, en concurso ideal, agravados por la conducción de un vehículo automotor, por conducir con exceso de alcohol en sangre, y por el número de víctimas, en calidad de autor.
El trágico episodio ocurrió el 17 de noviembre de 2018, aproximadamente a las once de la noche. El imputado circulaba sobre Ruta 22, en cercanías del kilómetro 1.336, cuando con su Eco Esport impactó a un Ford Fiesta Max por detrás que iba por el mismo carril y sentido. Producto del choque fue despedido del vehículo Héctor Alejandro Wircaleo, quien sufrió lesiones leves. Luego el auto se prendió fuego y provocó la muerte de Raúl Jonatán Riquelme, Claudio Gerardo Wircaleo y Osvaldo Miguel Salvo. Marifil conducía con una alta concentración de alcohol en sangre.
La fiscal Gabriela Macaya sostuvo que “Marifil inobservó la reglamentación de tránsito vigente, toda vez que conducía el automotor en estado de ebriedad, debido a que la presencia de alcohol en sangre altera la capacidad para conducir vehículos, repercute en la percepción visual, en el tiempo de reacción y en la coordinación motriz, altera la capacidad para juzgar la velocidad, la distancia y la situación relativa al rodado, como asimismo la velocidad a la que circulaba no le permitió mantener una distancia prudencial y segura de seguimiento respecto del vehículo que lo precedía en la marcha”.
Durante el juicio en su contra que se realizó en la ciudad de Cutral Co, las partes hicieron saber a los magistrados el acuerdo parcial al que habían arribado, el cual contó con el reconocimiento del hecho por parte del imputado, así como la aceptación de su responsabilidad.
Los magistrados otorgaron un plazo de 5 días hábiles en cual las partes deberán presentar las pruebas para la audiencia de cesura.