VIOLENCIA DE GÉNERO

Cuatro años de prisión por golpear y amenazar a su ex

Será de cumplimiento efectivo. El hecho ocurrió en Piedra del Águila en marzo de este año.
miércoles, 27 de noviembre de 2019 · 14:09

Un hombre que en marzo de este año violó una restricción de acercamiento y sometió a su ex pareja a una brutal paliza, fue condenado este miércoles a 4 años de prisión de efectivo cumplimiento. Los hechos juzgados ocurrieron en la localidad de Piedra del Águila en marzo de este año.

Un tribunal colegiado juzgó a P.A.B por los delitos de “lesiones graves calificadas por haber sido cometidas contra cónyuge y mediando violencia de género; amenazas, ambos en calidad de autor y desobediencia a una orden judicial - 2 hechos -.

La teoría del caso del fiscal Adrián De Lillo fue que el primer hecho ocurrió el 2 de marzo de 2019. Alrededor de las dos de la madrugada, P.A.B se presentó en una casa de la localidad de Piedra del Águila, donde vive su expareja junto a una hija de ambos. En la vivienda se generó una discusión. El fiscal del caso planteó que “en esas circunstancias, y en el ámbito de una relación enmarcada en una situación de violencia de género, el hombre le dio golpes de puño en la cabeza y una vez que la víctima se hallaba en el piso comenzó a darle patadas, mientras la amenazaba". La víctima sufrió diferentes lesiones producto de los golpes.

Con dicho accionar, el acusado desobedeció la orden impartida por Juzgado de Todos los Fueros de Villa La Angostura, en la cual el 1 de noviembre del 2018 dispuso la prohibición de efectuar cualquier acto de violencia, intimidación o perturbación de manera física, verbal, telefónica y/o virtual respecto a la víctima ya sea en su domicilio o lugar de trabajo. Posteriormente dicha medida fue mantenida el 2 de marzo de 2019. Además, el acusado desobedeció una orden impartida con fecha 4 de diciembre de 2018.

El tribunal encargado de establecer la pena se tomó un cuarto intermedio de aproximadamente una hora para deliberar y luego dio a conocer su veredicto. Por unanimidad, impuso al acusado la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo.

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