FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA

Condenan a CBS por deficiente vigilancia en concesionaria

Fue por el robo de vehículos cero kilómetros que habían arribado a Neuquén.
martes, 2 de julio de 2019 · 10:07

La empresa CBS fue condenada por un ilícito ocurrido en la concesionaria Arauco, debido a que -según concluyó la Justicia- no cumplió con su obligación de vigilar como corresponde.

Hace apenas unos pocos días, la Sala Primera de la Cámara Civil de Neuquén rechazó la apelación que había presentado CBS, y confirmó la condena que le había impuesto un juzgado de primera instancia.

La demanda la había iniciado la compañía QBE Seguros la Buenos Aires, y en su apelación CBS había intentado responsabilizar a Arauco, la empresa que le pagaba para vigilar.

Dijo CBS que, por las características del predio, un hombre era insuficiente; más aún frente a un “caso extraordinario”, como lo fue “la llegada de 73 vehículos”. Agregó que los rodados estaban con “las llaves puestas” y que advirtió a Arauco sobre ello.

Pero a la hora de resolver, los camaristas Cecilia Pamphile y Jorge Pascuarelli desestimaron los argumentos de CBS, e hicieron ver que quien contrata los servicios de una empresa de seguridad lo hace con la expectativa de que los bienes o intereses que quiere o necesita proteger, estarán resguardados por un sistema de vigilancia.

En consecuencia -dijeron- la obligación de las empresas de seguridad frente a los usuarios por incumplimiento de los deberes propios, no puede ser discutida.

Mencionaron, asimismo, la declaración de un testigo que aseguró que esa “forma de vigilar” había sido decidida por CBS. Y destacaron que no se pudo acreditar que esta le hubiera realizado, a Arauco, las recomendaciones a las que hizo mención.

Los jueces también señalaron que “se encuentra acreditado que el servicio era deficiente”, y que “el vigilador no cumplió siquiera con el protocolo de actuación establecido, a punto tal que recién se anotició el episodio 13 horas después”, motivo por el cual “fue sancionado”.

En consecuencia, resolvieron “rechazar el recurso de apelación deducido por la demandada y confirmar la sentencia”.

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