CONDENADO A 30 AÑOS

El TSJ anuló la semilibertad para el violador Soñe

Carlos Alberto Soñe abusó en Cutral Co de un nene de 3 años quien murió por las gravísimas lesiones.
jueves, 1 de agosto de 2019 · 14:35

El Tribunal Superior de Justicia anuló una resolución de un Tribunal de Impugnación que había aceptado las salidas laborales para un condenado a 30 años de cárcel por haber violado a un nene de 3 años, que murió por las lesiones que le provocó.

Por dos votos a uno –Roberto Busamia y Oscar Massei a favor, y Alfredo Elosu Larumbe en contra-, la Sala Penal dictó la Resolución Interlocutoria 68 luego de analizar la impugnación interpuesta por la fiscalía a la resolución del tribunal que incorporó a Carlos Alberto Soñe al régimen de semilibertad.

Soñe fue condenado en noviembre de 2004 a 30 años de prisión por haber violado a un niño de 3 años en la ciudad de Cutral Co, y que falleció como consecuencia de las lesiones que le provocó. Las figuras delictivas que le imputaron fueron “abuso sexual con penetración continuada agravado por su condición de guardador en concurso real con abandono de persona agravado por su condición de guardador en concurso real con abandono de persona agravado por el resultado de muerte en concurso real con lesiones leves continuadas”.

Recién a finales de 2022 el condenado podría estar en condiciones de acceder a la libertad condicional y para el 2031 al régimen de libertad asistida.

Pero a mediados de julio de este año, un Tribunal de Impugnación lo benefició con el régimen de semilibertad pese a los informes en contrario del gabinete forense.

Hasta el momento, Soñe tiene autorizadas dos salidas transitorias al mes, de 12 horas cada una, con custodia policial.

Tanto el fiscal jefe, José Gerez, como el fiscal jefe, Maximiliano Breide Obeid, acudieron al TSJ con una impugnación extraordinaria al señalar que “la concesión del beneficio de la semilibertad al condenado, en total apartamiento del informe negativo del Gabinete Técnico Criminológico, causa un perjuicio actual a dicho ministerio Público”, ya que “se trata de un caso grave, de gran notoriedad pública y que dada su naturaleza y características, excede el mero interés individual de las partes y afecta de manera directa a la comunidad”.

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