MENDOZA

No es vale todo: la acusó por Facebook y ahora la debe indemnizar

Medio millón de pesos es lo que deberá pagar por la falsa denuncia.
miércoles, 17 de agosto de 2022 · 21:36

La sensación de que en las redes sociales se puede decir cualquier cosa, incluso acusar a otras personas de delitos, ya no es así. Al menos para la justicia mendocina que obligó a una mujer a indemnizar a otra con un pago de medio millón de pesos. Los “escraches” también correrán la misma suerte, si es que se sigue el hilo argumental del Tribunal de Gestión Asociada-Segundo de Mendoza, enmarcado en el delito de calumnias e injurias, delitos previstos en los artículos 109 y 110 del Código Penal argentino.

La demanda se remonta al año 2020, cuando Cecilia C. realizó un comentario en la red social, acusando a Ana G. de querer vender un terreno que ocupaba en forma ilegal. Ante este posteo, Ana recurrió al mencionado tribunal para defender su buen nombre y honor y rechazar la denuncia.

El tribunal, luego de dos años, emitió un fallo donde confirma que esa publicación fue un ataque “a su honor y reputación, provocándole una aflicción espiritual, un padecimiento extrapatrimonial, que corresponde que sea resarcido”. Además, consideró la justicia que la víctima se sintió “ofendida significativamente, dado que la publicación ha sido vista por cientos o miles de personas, ya que se hizo sin restricción para acceder a ella”.

El tribunal fundamentó la medida apuntando al “que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena y mortifica a otros en sus costumbres o sentimientos, o perturbe de cualquier modo su intimidad, debe ser obligado a cesar en tales actividades, y a pagar una indemnización”.

Además de acotar que la mujer se manejó con “liviandad a la hora de generar el posteo”, señaló que no acreditó el delito que supuestamente había cometido quien resultó víctima de la falsa denuncia.

“La demandada actuó con total desaprensión hacia los derechos personalísimos de la demandante y que el daño producido fue producto de un acto intencional o, eventualmente, ocasionado con una manifiesta indiferencia por los intereses ajenos”, se indicó en el fallo.

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