La audiencia de cesura reafirmó la gravedad de los delitos cometidos por un hombre que, tras reconocer su responsabilidad, enfrenta un pedido de 12 años de prisión por abusar sexualmente en tres oportunidades de la hija menor de su ex pareja. La defensa no objetó el pedido y solo resta que el juez de Juicio firme la sentencia.
El acusado admitió haber perpetrado los abusos en distintos lugares de Sierra Grande, donde residía junto a la víctima y su madre. El último de los ataques ocurrió en el hogar que compartían, aprovechando la ausencia de la mujer cuando se encontraba de viaje.
La calificación legal de los hechos refleja la brutalidad de la agresión: dos de los tres abusos fueron doblemente agravados por el vínculo de guarda y la consumación con acceso carnal. El tercero, por la convivencia preexistente y el acceso carnal.
La niña tenía entre 12 y 13 años cuando ocurrieron los delitos, un factor determinante en la pena que solicita la Fiscalía.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal expuso las razones que fundamentan la pena requerida, poniendo énfasis en la reiteración de los hechos, el abuso de poder sobre la víctima y la planificación de un contexto que garantizara impunidad.
Asimismo, resaltó las devastadoras consecuencias sufridas por la menor, evidenciadas en su testimonio y respaldadas por informes del Cuerpo de Investigación Forense que confirmaron estrés postraumático y daño psíquico severo.
El defensor de menores, en representación de la víctima, explicó detalladamente las implicancias del acuerdo tanto a la niña como a su madre, quienes otorgaron consentimiento para la conclusión del proceso. Por su parte, la defensa del imputado ratificó su conformidad con la propuesta.
Como medida cautelar, y a pedido de la Fiscalía con respaldo del defensor de menores, el tribunal de juicio ordenó la prórroga de la prisión preventiva del condenado, estableciendo que, a partir de este momento, su reclusión se llevará a cabo en un establecimiento penitenciario determinado por el Servicio Penitenciario Provincial.