LEGISLATURA DE NEUQUEN

Proyectos para regular publicidades que promocionan la delgadez‏

La iniciativa establece prohibiciones para las publicidades y desfiles de moda en los que el/la modelo tenga un índice de masa corporal inferior a lo establecido por la Organización Mundial de la Salud.
jueves, 13 de marzo de 2014 · 09:47
Neuquén.- Con el objetivo de contribuir al control de la publicidad de prototipos de belleza a alcanzar por los consumidores que resultan nocivos a la salud, el diputado del Frente Grande Raúl Podestá presentó junto a su par de bancada Rodolfo Canini de Nuevo Encuentro, un proyecto de ley que establece límites sobre este tipo de actividades de promoción. En igual sentido se presentó también un proyecto de declaración expresando al Congreso Nacional el interés de la sanción de una ley que regule  en la misma materia.
La iniciativa establece prohibiciones para las publicidades y desfiles de moda en los que el/la modelo tenga un índice de masa corporal inferior a los 18,5 (*IMC), de acuerdo a lo establecido por la Organización Mundial de la Salud, índice debajo del cual el cuerpo humano se encuentra en un estado de desnutrición.
El proyecto legisla sobre la participación de modelos en desfiles de moda a celebrase en el ámbito provincial y establece que, antes de autorizar cualquier publicidad o evento de promoción de modas, la Autoridad de Aplicación requerirá el certificado médico de el/la modelo publicitario/a, de no más de tres meses de antigüedad, donde se consigne el índice de masa corporal respectivo, de acuerdo a lo establecido por la Organización Mundial de la Salud.
Determina también que cuando en un aviso publicitario se utilice photoshop, o cualquier otro programa que permita cambiar en algún rasgo la figura del o la modelo publicitario, ello deberá consignarse expresamente en la misma.
En caso de violación o incumplimiento a lo normado habrá responsabilidad solidaria entre el titular y/o responsable del establecimiento comercial, industrial o de servicio o institución donde se realice la propaganda o publicidad y el titular y/o responsable de la marca publicitada favorecida por la misma.
Como sanciones, el proyecto dispone multas de entre trescientos (300) a quinientos (500) JUS para el titular y responsable del establecimiento ó empresa donde se realice la propaganda y la marca favorecida con la publicidad será sancionada con una multa de quinientos (500) a dos mil (2.000) JUS. Será el Poder Ejecutivo provincial el que determine la Autoridad de Aplicación de la norma.
El fundamento de la iniciativa apunta a contribuir a la lucha contra enfermedades como " anorexia y bulimia que padecen integrantes de nuestra sociedad, obedeciendo a la fijación de metas de belleza que resultan insalubres, fomentadas a través de publicidades donde los modelos muestran físicos esculturales y con índices de masa corporal muy bajos, idealizándose así la delgadez extrema”.
Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), los trastornos alimenticios son la tercera causa de muerte en adolescentes, solamente después de los accidentes de tránsito y la adicción a las drogas. Asimismo han relevado que el 15% de quienes padecen anorexia, mueren a causa de estas patologías, y que en el mundo al menos el 1% de los adolescentes y adultos jóvenes sufre anorexia y otro 4,1% de bulimia.
Argentina es el segundo país a nivel mundial con mayores casos de anorexia, con el 29% de la población afectada. En el país, las enfermedades vinculadas a la alimentación entre las adolescentes registró en el último decenio un incremento del 50%, según su relevamiento de algo más de 100 mil casos.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios