SE APLICA DESDE AYER

Comenzó a aplicarse la ordenanza "bolsas cero"

Algunos de los grandes hipermercados entregan tres bolsas de papel, mientras que otros superando un monto la compra regalan al cliente una bolsa ecológica.
miércoles, 23 de abril de 2014 · 06:31
Neuquén.- Desde la  jornada de ayer, los supermercados neuquinos comenzaron a aplicar la ordenanza municipal de "bolsas cero”.
Alguno de ellos realizan excepciones y en otros casos no. Algunos de los grandes hipermercados entregan tres bolsas de papel, mientras que otros, como es el caso de los  supermercados chinos, superando un monto la compra regalan al cliente una bolsa ecológica. 
En la reunión  del Concejo Deliberante de la mañana del pasado 3 de abril, los ediles  neuquinos aprobaron por unanimidad el proyecto de bolsa cero. 
Señalaron en ese momento que la entrega de las bolsas reciclables será optativa y a requerimiento del cliente. De esta manera se prohíben las bolsas de plástico a partir de esta ordenanza. 
Se dejó muy claro que solo podrán entregar hasta tres bolsas de Papel Reciclable y no más de polietileno, siendo la misma  aplicable a partir del 21 de abril.
 Juan Zingoni, concejal por el MPN, explicó que  "la ordenanza que sancionó el Deliberante establece bolsas 0 para la ciudad de Neuquén, y la posibilidad de que los distintos supermercados entreguen hasta 3 bolsas de papel reciclable. No es obligatoria de entrega de bolsas de papel”. 
Por su parte, Pablo Bongiovani, comentó que "ayer fue a un supermercado sin bolsa. Le pedí bolsas y me dijeron que no se podía dar más bolsas. Le pedí una bolsa de papel y me dijo que no. Y le dije que era obligatorio entregar bolsas de papel, entonces se agacha y saca la bolsa. Tienen la obligación de dar hasta tres bolsas de papel, eso está en la ordenanza. Que la gente exija la entrega de las bolsas de papel”.

 

COMISION INTERNA DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
ENTRADA NRO.:0082/2014
EXPEDIENTE NRO.:CD-002-A-2014
CARÁTULA: ASOCIACION DE SUPERMERCADOS UNIDOS -ASU-; MOTIVO: Referente a la Ordenanza Nº 12833 - Entrega de bolsas de papel en los comercios de la ciudad.-.-
SESION: ORDINARIANRO.: 
FECHA DICTAMEN: 12/03/2014DESPACHO NRO.: 
SEÑOR PRESIDENTE:

VISTO el expediente Nº CD-002-A-2014; y

ESTA COMISIÓN INTERNA DICTAMINA:
1°)Aprobar el proyecto de ordenanza que se adjunta.
2°)Aprobar el proyecto de ordenanza que se adjunta. 
ds. 16913/1ATENTAMENTE.-


FDO.)
FERRACIOLI
RIOSECO
LOPEZ
ZINGONI
DUTTO
GUILLEM
NECULQUEO

---- 
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
El Expediente N° CD-002-A-2014; y
CONSIDERANDO:
 Que el cumplimiento de la Ordenanza Nº 12833 de reemplazo del uso de bolsas de polietileno por las de papel , que ha tenido en otras ciudades del país y el mundo excelentes resultados tanto en la conservación del medio ambiente como en la atención que cada ciudadano  merece al momento de realizar sus compras., debe comenzar a cumplirse. 
 Que los embalajes de papel y cartón son la mejor alternativa para paliar el grave problema ambiental, ya que son materiales totalmente biodegradables y lo más importante es que son 100 % reciclables,  siendo repetible infinidad de veces, y constituyendo un proceso  económicamente rentable.-
                               Que resultan  necesarias Campañas de Difusión para que la población se interiorice e incorpore en su vida diaria el uso restringido de bolsas de polietileno.-
Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67°), inciso 1°), de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º): ESTABLECESE el uso de bolsas de papel reciclable en hipermercados, supermercados, comercios minoristas y mayoristas en el ámbito de la ciudad.-
 
ARTICULO 2º): Los comercios habilitados podrán entregar hasta tres (3) bolsas de papel reciclable en forma gratuita, quedando prohibida la provisión de bolsas de polietileno.-

ARTICULO 3º): Los comercios que tengan habilitados los rubros verdulería, carnicerías, fiambrerías, rotiserías, pescaderías y/o fábrica de pastas, deberán proveer bolsas plásticas transparentes para el adecuado aislamiento de los productos que allí se expendan, a fin de evitar la contaminación entre ellos y/o con otros productos.-

ARTICULO 4º): El Órgano Ejecutivo Municipal deberá realizar campañas de concientización y difusión en el cuidado del medio ambiente para incorporar en la vida diaria de las personas el uso restringido de bolsas de polietileno.-

ARTICULO 5º): Los comercios deberán prever un espacio físico para que en el mismo el Órgano Ejecutivo Municipal desarrolle acciones en el marco de las campañas de concientización relativas al no uso de bolsas de polietileno.-

ARTICULO 6º): DEROGASE la ordenanza Nº 11760 y Nº 12833.-

ARTICULO 7º): DE FORMA.-

.

PROYECTO DE ORDENANZA


VISTO:
El Expediente N° CD-002-A-2014; y

CONSIDERANDO:
Que resulta necesario efectuar la modificación al Código Contravencional, para su adecuación a la modificación de la ordenanza Nº 12833, con respecto a la aplicación de las sanciones una estricta fiscalización, control y sanción  de los comercios a fin del cumplimiento de lo establecido.
Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67°, inciso 1°), de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º): MODIFICASE el Artículo 224º) del Anexo I de la Ordenanza Nº 12028, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 224): ENTREGA DE BOLSAS EN HIPERMECADOS, SUPERMERCADOS, Y SIMILARES. El titular de licencia comercial o responsable de hipermercados, supermercados y/o comercios mayoristas, que entregare bolsas de polietileno, será sancionado con multa de 100 a 2000 (cien a dos mil) módulos. Esta multa no admitirá pago voluntario.”
ARTICULO 2º): DE FORMA

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