Viedma.- El juez Favio Igoldi, quien investiga las presuntas irregularidades en el pago del seguro a la familia Soria, dictó el procesamiento de varios funcionarios o ex funcionarios investigados y sobreseyó a unos pocos.
RESUELVO: I.- Ordenar el PROCESAMIENTO de NELSON CIDES, ERNESTO ACEBAL y SANDRO CHAINA, en orden al hecho imputado, en calidad de coautores, del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA AGRAVADA (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP), manteniendo el beneficio de sus libertades provisorias por ausencia de riesgo procesal.
III.- Ordenar el PROCESAMIENTO de MARÍA MERCEDES IAQUINANDI, ya filiada, en orden al hecho imputado, en calidad de partícipe necesaria, del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA AGRAVADA (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP), manteniendo el beneficio de sus libertades provisorias por ausencia de riesgo procesal.-
IV.- Disponer la FALTA DE MERITO para procesar o sobreseer a CARLOS ALFREDO VILLANUEVA, por las consideraciones expuestas en orden al hecho imputado, en calidad de partícipe necesaria, del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA AGRAVADA (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP).
V.- Disponer el SOBRESEIMIENTO de SERGIO ALEXANDER AGUADA y ARMANDO ENRIQUE IGUACEL, en orden al hecho imputado, por aplicación del art. 306 inc. 1, 2º del CPP, con debida constancia que la formación de este proceso no afecta sus buenos nombres y honor.
VI.- Disponer la FALTA DE MERITO para procesar o sobreseer a VICTORIA GRACIELA COLACE, por las consideraciones expuestas en orden a los dos hechos imputados, en calidad de partícipe necesaria, del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA AGRAVADA (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP).
VII.- Ordenar el PROCESAMIENTO de RODRIGO EMMANUEL TOBARES ALTAMIRANDA Y EZEQUIEL CORTES, en orden al hecho imputado, en calidad de coautores, del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA AGRAVADA (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP), manteniendo el beneficio de sus libertades provisorias por ausencia de riesgo procesal.-
VIII.- Ordenar el PROCESAMIENTO de LUIS FERNANDO PRIETO TABERNER, en orden al hecho imputado, en calidad de partícipe necesario, del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA AGRAVADA (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP), manteniendo el beneficio de sus libertades provisorias por ausencia de riesgo procesal.-
IX.- Remitir copia de la presente a la Fiscalía de Estado Provincial a los fines expresados en los considerandos -recupero del pago ilegal de los beneficios-.
X.- Correr vista al agente fiscal a los fines del art. 304 del CPP en relación a Colace.
XI.- Fórmese cuarto cuerpo a partir de fs. 601.-
XII.- Registrar y notificar.
Firmado: Favio Martín Igoldi - juez de instrucción penal