LEGISLATURA NEUQUEN

Rodríguez propone prohibir bolsas plásticas en toda la provincia

El mismo apunta a la preservación del medio ambiente sobre todo en aquellas localidades donde no existen normativas vigentes como Villa Pehuenia y Mari Menuco
miércoles, 4 de junio de 2014 · 06:41
Neuquén.- En la semana del medio ambiente, el Diputado Provincial Peronista Sergio Rodríguez presentó hoy un Proyecto de Ley orientado a prohibir en todo el territorio provincial la entrega de bolsas descartables de polietileno y todo otro material plástico convencional para contener mercaderías expendidas por supermercados, mercados y comercios en general. 
El mismo apunta a la preservación del medio ambiente sobre todo en aquellas localidades donde no existen normativas vigentes como Villa Pehuenia y Mari Menuco, entre otros.

Proyecto de Ley
Artículo 1º: Se prohíbe en todo el territorio provincial la entrega de bolsas descartables de polietileno y todo otro material plástico convencional para contener mercaderías expendidas en supermercados, mercados y comercios en general.
Artículo 2º:  Se exceptúan de la presente prohibición a aquellas bolsas destinadas exclusivamente a contener alimentos húmedos comestibles que no estén previamente envasados y cuyas normas de envasado y conservación así lo requieran, de acuerdo a lo estipulado en el Código Alimentario Argentino ( ley Nacional Nº 18.284).
Artículo 3º: Se establece como Autoridad de Aplicación a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable o el organismo que lo suceda.
Artículo 4º: El estado provincial desarrollará una intensa campaña de concientización sobre los riesgos del uso indiscriminado de bolsas plásticas por el término de los 6 (seis) meses previos a la entrada en plena vigencia de la presente ley.
Artículo 5º: Los comercios que incumplan con lo dispuesto en la presente Ley serán pasibles de las siguientes sanciones:
1)Primera constancia de incumplimiento: severa amonestación.
2)Segunda verificación de incumplimiento: multa desde $ 2000 (pesos dos mil)  hasta  5000 (pesos cinco mil).
3)Tercera verificación de incumplimiento: multa desde $ 20.000 (pesos veinte mil) hasta $ 50.000 (pesos cincuenta mil).
4)Cuarta verificación de incumplimiento: Clausura del local  por 2 (dos) días hábiles.  
Artículo 6º: La presente prohibición entrará en plena vigencia a partir de los  6 (seis) meses de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7º: La presente tiene carácter de Ley de Presupuestos Mínimos por lo cual su aplicación es de carácter obligatorio de acuerdo al Artículo 92º de la Constitución Provincial.
Artículo 8º:Derógase la Ley provincial Nº 2569.  Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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