NEUQUÉN

Multan a comerciantes y particulares por venta irregular de alcohol

Las inspecciones también abarcaron a boliches y confiterías, pero señaló que sólo se infraccionó a una por no declarar un evento.
lunes, 29 de septiembre de 2014 · 15:41
Inspectores municipales detectaron y sancionaron el fin de semana a comerciantes, e incluso a un particular, por la comercialización irregular de bebidas alcohólicas. En la ciudad de Neuquén, la venta, suministro y consumo está regulado mediante la ordenanza Nº 11.796 que -entre otros aspectos- prohibe el expendio en envase cerrado en el horario de 23 a 9 a almacenes, despensas, rotiserías, fiambrerías, vinerías, mercados e hipermercados.
Las infracciones recayeron en este sentido sobre una despensa ubicada en Rufino Ortega al 1050, cuyos responsables fueron sorprendidos por los agentes en el momento que vendían alcohol pasada la medianoche, según indicó Gustavo Orlando, subsecretario de Fiscalización Externa.
Los inspectores municipales labraron otra multa a un vecino por comercializar bebidas alcohólicas en su domicilio particular sin contar con licencia comercial habilitante y por hacerlo fuera del horario permitido. Esto ocurrió a la una y media de la mañana, en Gatica 1.427.
Orlando informó que una tercera infracción fue aplicada a un quiosquero de Valentina Sur, siempre por venta irregular de alcohol violentando la norma municipal.
El funcionario señaló que las inspecciones también abarcaron a boliches y confiterías, pero señaló que sólo se infraccionó a una por no declarar un evento. "Fue un fin de semana tranquilo, y según lo comunicado por los inspectores, no hubo mucha concurrencia de gente”, indicó.
La ordenanza 11.796 también prohibe la venta y consumo de alcohol entre las seis y media y las 11 en confiterías, pubs, restaurantes, salas de juego, casinos, cabarets, boites, night clubs y todo aquel comercio habilitado para expendio de bebidas alcohólicas al copeo, excepto los locales bailables.
El artículo 15 de la norma especifica expresamente la prohibición de venta, expendio y/o suministro de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio; en gimnasios y organizaciones comunitarias, con o sin fines de lucro; en comercios con habilitación municipal en actividad comercial "kiosco”; en puestos ambulantes y vehículos en la vía pública; y en viviendas o casas particulares y/o cualquier otro tipo de ámbito, sin habilitación comercial.

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