NEUQUÉN
Exenciones impositivas para hogares carenciados
Exime del impuesto también a personas indigentes y a medios gráficos.La comisión de Hacienda y Presupuesto aprobó ayer por unanimidad, el despacho que exime del impuesto inmobiliario a hogares ocupados por jubilados y pensionados dueños u ocupantes de vivienda única y a personas indigentes o que atraviesen una situación socioeconómica afligente.
La iniciativa también exceptúa del pago de Ingresos Brutos a los provenientes de locación de espacios publicitarios, avisos, edictos y solicitadas.
Para ello modifica incluir los incisos k) y l) en el artículo 165 y modificar el inciso e) 5 del artículo 203 de ley 2896 –de modificación de la Ley de Código Fiscal –N° 2680-. El proyecto fue girado al recinto para continuar su tratamiento.
En tanto, la ampliación de la eximición de IB sobre medios gráficos tiene por objeto facilitar el acceso del público a publicaciones de alcance masivo y así garantizar instancias que promuevan el pluralismo informativo y la libertad de prensa.