VILLA LA ANGOSTURA

Los pubs y resto bar con horario restringido

En Villa la Angostura sólo podrán vender alcohol hasta las 3 de madrugada.
martes, 17 de noviembre de 2015 · 06:54

Los concejales aprobaron en la sesión ordinaria que se hizo anoche un proyecto de ordenanza que cambia la dinámica del funcionamiento de los locales nocturnos.

La norma sancionada establece que en los pubs y resto bar habilitados en la localidad podrán vender alcohol hasta las 3 de la madrugada. Mientras que en el caso de los salones de fiestas o eventos "será determinado por la Autoridad de Aplicación para cada petición en concreto teniendo en consideración el salón, la zona, quien lo organiza y el objeto del mismo”.

La ordenanza sancionada dispone que en los locales bailables podrán ingresar hasta las 3.30 y, luego, deberán mantener las puertas cerradas "evitando el ingreso de personas a partir de esa hora”. En los locales bailables se prohibirá la venta de alcohol a partir de las 5.30.

La noma establece que a partir del 1 de enero de 2016 los comerciantes que no respeten los horarios podrán recibir un apercibimiento y multa por valor de 500 "N” o una multa por valor de 600 a 1500 "N” y clausura por 10 días corridos, en caso de reincidencia, pudiendo disponerse la clausura definitiva.

Según el Código Tarifario vigente, el valor "N” es de 12 pesos. En consecuencia, el dueño del local infraccionado arriesga una multa que puede ir desde los 6.000 hasta los 18.000 pesos. Aunque si se aprueba la reforma del Código Tarifario el valor "N” aumentaría a 15 pesos.

La ordenanza aprobada anoche prohíbe además "la venta, suministro, donación, entrega, consumo, tenencia y publicidad de canillas libres o similares de bebidas alcohólicas y/o energizantes a menores de 18 años dentro de los locales destinados al esparcimiento, con o sin pistas de baile, con o sin espectáculos en vivo”. 

Además, los pubs, resto bar, salón de fiestas o eventos, confitería bailable deberán contar con un informe de Medio Ambiente, con MTA y db (Memoria técnica acústica y decibeles) según el rubro.  También un informe técnico de seguridad presentado por un técnico con matrícula en la Provincia del Neuquén y cumplir con lo dispuesto en Ordenanza 2642/12 "Seguridad Vial en Espectáculos Públicos”.

 

 

laangosturadigital

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