CONCEJO DELIBERANTE

Se multará a quienes no posean menús en Braille en los establecimientos gastronómicos

La medida, aprobada en septiembre del año pasado, tenía como plazo de ejecución de 90 días para los locales, bares cantinas, cafeterías, confiterías, restaurantes, parillas, boliches y pubs.
martes, 24 de febrero de 2015 · 06:46

 

Neuquén.- La medida impulsada el año pasado por el bloque de la CC-ARI es obligatoria y cumplió el plazo de aplicación estipulado la Ordenanza 13074. Quienes no cumplan con la misma recibirán diferentes sanciones.

Se resolvió en la Comisión de Legislación General del Concejo Deliberante el monto de las sanciones que se aplicarán a los establecimientos gastronómicos de la ciudad que no cumplan con lo dictado en la Ordenanza 13074 que promueve la obligatoriedad de la existencia de menús en braille y macrotipo para los no videntes o con graves limitaciones visuales.
La medida, aprobada en septiembre del año pasado, tenía como plazo de ejecución de 90 días para los locales, bares cantinas, cafeterías, confiterías, restaurantes, parillas, boliches y pubs para garantizar la accesibilidad universal de todos los ciudadanos.
Las tarifas de las multas, en caso de infracción y según reza el artículo 8 de la Ordenanza, serán las siguientes:
1ra. infracción: Apercibimiento (aviso)
2da. Primera Infracción: multa de 300 módulos fiscales.
3ra. Segunda Infracción: multa de 700 módulos fiscales.
4ta. Tercera Infracción: multa de 1400 módulos fiscales
 El valor de cada módulo será de 10 pesos a partir de la promulgación de la Ordenanza en los próximos días.
 


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