Neuquén.- La medida impulsada el año pasado por el bloque de la CC-ARI es obligatoria y cumplió el plazo de aplicación estipulado la Ordenanza 13074. Quienes no cumplan con la misma recibirán diferentes sanciones.
La medida, aprobada en septiembre del año pasado, tenía como plazo de ejecución de 90 días para los locales, bares cantinas, cafeterías, confiterías, restaurantes, parillas, boliches y pubs para garantizar la accesibilidad universal de todos los ciudadanos.
Las tarifas de las multas, en caso de infracción y según reza el artículo 8 de la Ordenanza, serán las siguientes:
1ra. infracción: Apercibimiento (aviso)
2da. Primera Infracción: multa de 300 módulos fiscales.
3ra. Segunda Infracción: multa de 700 módulos fiscales.
4ta. Tercera Infracción: multa de 1400 módulos fiscales
El valor de cada módulo será de 10 pesos a partir de la promulgación de la Ordenanza en los próximos días.