LEGISLATURA NEUQUEN

Presentaron proyecto para determinar alcance de la prisión preventiva

El bloque de diputados del Frente Grande-Nuevo Encuentro presentó un proyecto de ley de reforma de los artículos 178 y 231 del CPP de Neuquén.
jueves, 19 de marzo de 2015 · 07:44
Neuquén.-  La propuesta de modificación al artículo 178 establece fijar un plazo máximo de 10 días hábiles para que se establezca la audiencia de individualización de pena. 
Tal lo explica el fundamento de la iniciativa motiva la misma "el haber tomado conocimiento de juicios en los que ha transcurrido el plazo máximo de 1 año establecido en el art. 119, y que por tanto el condenado debe ser puesto en libertad, sin que se haya realizado siquiera el juicio de cesura, marcando ello una enorme falla en el sistema de audiencias, donde no se priorizan los casos en los que se ha ordenado la prisión preventiva”. 
Respecto al artículo 231 el proyecto propone que, con el agregado de un párrafo final, " quede establecido que cuando la sentencia condenatoria ha sido confirmada por el Tribunal de Impugnación, esta pueda ser ejecutada”.
El diputado Raúl Podestá, autor de la iniciativa señaló que "la liberación de personas que estaban detenidas y declaradas culpables por el jurado popular generó preocupación en la sociedad por lo que entendemos que es necesario hacer precisiones respecto de cuándo las personas con veredicto de culpabilidad y sin condena firme deben quedar en libertad y cuándo habiendo pasado las etapas de juicio y apelación de la justicia ordinaria tendrán que cumplir la condena establecida, aún en el caso de posteriores apelaciones extraordinarias, que pueden llevar un trámite extenso”. Por otro lado, "una vez finalizado el juicio por jurados se establece un plazo para que el juez llame al juicio de cesura”.
Se destaca como fundamento también que "en tanto que la redacción original del Código, que en su art. 119 dispone que, como dijéramos anteriormente, que la prisión preventiva sólo puede durar un plazo máximo de 1 año, esto ha implicado en su puesta en práctica, que en la mayoría de los casos las personas condenadas podrían quedar en libertad, ya que el condenado podrá interponer todos los recursos que considere oportunos contra una eventual sentencia condenatoria, es decir, ante el Tribunal de Impugnación, Tribunal Superior de Justicia, e incluso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que siempre supondrá que se supere ese plazo máximo de 1 año previsto por la norma” .
Podestá, autor del proyecto destacó también que "si bien la aplicación del nuevo Código Procesal Penal nos plantea una etapa de acomodamiento del sistema judicial en su conjunto y para hacer modificaciones de la ley hay que esperar un tiempo prudencial y dejarlo funcionar, es necesario en algunas cuestiones efectuar precisiones desde el ambito legislativo”.


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