CONCEJO DELIBERANTE

Registro de prestadores de Servicios de Comida

En el caso de que el titular del servicio incumpla con lo establecido en la ordenanza será sancionado con una multa que va de 300 a 3000 módulos (100 a 2000 pesos)
jueves, 19 de marzo de 2015 · 16:09
Neuquén.- La concejal Teresa Rioseco presento un proyecto de Ordenanza que busca regular el servicio de catering en la Ciudad creando un Registro de Prestadores de Servicios de Comida, comprende a todo establecimiento de alimentos que realice elaboración, transformación, fraccionamiento, manipulación, conservación, tenencia, comercialización, distribución y suministro de alimentos al público.
El proyecto busca regularizar el servicio de catering en nuestra ciudad, muchos prestan estos servicios y no cuentan con habilitación comercial ni control de bromatología, desarrollándose esta actividad por lo general en casa particulares.
Si bien esta claro que es una importante fuente de ingresos para muchas familias, no es menos importante llevar adelante los controles necesarios para evitar en todo el proceso de elaboración y transporte de los alimentos que se cumplan todos los requisitos establecidos en esta ordenanza, para garantizar que los mismos no estén en mal estado y sean elaborados con las normas de higiene necesarias.
También se establece que las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para instalar un establecimiento de alimentos o bebidas, deberán presentar un formulario que tendrá carácter de declaración jurada con los datos del responsable legal de la firma, certificación de la propiedad del catering, documentación sanitaria actualizada, una autorización para que bromatología municipal pueda ingresar al lugar donde se realice un evento para realizar las inspecciones que considere necesarios, como así también deberá constar fehacientemente que el propietario contratante del evento dispondrá del servicio sobrante.
Sera autoridad de aplicación de esta ordenanza Bromatología Municipal quien deberá realizar los controles sanitarios sobre el establecimiento y el personal afectados al servicio de catering.
Así mismo se establece que en el caso de que el titular del servicio incumpla con lo establecido en la ordenanza será sancionado con una multa que va de 300 a 3000 módulos (100 a 2000 pesos) sin la posibilidad de pago voluntario.

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