Las funciones previstas para el sistema provincial son realizar visitas periódicas a los lugares de detención. Elaborar propuestas, diseñar y recomendar acciones sobre políticas públicas a adoptar con el fin de prevenir la tortura y comunicar a funcionarios y magistrados la existencia de hechos que constituyan tortura o tratos crueles y solicitar se dispongan mecanismos que garanticen la investigación de los hechos denunciados y el amparo de los denunciantes.
Marco Legal
La Ley Nacional 26827 sancionada en noviembre de 2012 y su decreto reglamentario Nro 465, por la que se crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
integrado por el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, el Consejo Federal de Mecanismos Locales,
Por esta Ley se obliga a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que establezcan sus propios mecanismos locales de prevención de la tortura con el objeto de integrar el Consejo Federal y cooperar
conjuntamente con los demás integrantes del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura para alcanzar las metas y objetivos establecidos por el Protocolo Facultativo y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Ley Nacional Nº 26.827 y su Decreto Reglamentario.
Foro de Seguridad Democrática de Neuquén*
La Delegación Neuquén de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional del Comahue –Legislatura de la Provincia de Neuquén. Partido Nuevo Encuentro - ILSED - Convocatoria Neuquina