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Plazo de 6 meses para retirar vehículos en situación judicial

En cualquier caso, la estadía no podrá superar los 3 días hábiles luego de que la justicia disponga la entrega
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Jueves, 11 de junio de 2015 a las 14:34
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Neuquén.- El diputado Daniel Baum –DC- presentó un proyecto para regular la situación de vehículos secuestrados por causas en las que deba intervenir la Justicia Penal o el Ministerio Público Fiscal. Para ello, dispone la entrega inmediata a su propietario una vez realizadas las pericias probatorias. En cualquier caso, la estadía no podrá superar los 3 días hábiles luego de que la justicia disponga la entrega. Luego de este lapso se deberá abonar 1 JUS en concepto de tasa por depósito y custodio por día de retraso.

 Sostiene que la iniciativa tiene por finalidad solucionar el problema que ocasiona la cantidad de vehículo que quedan retenidos en el predio policial de Parque Industrial, cifra que alcanza los 10 mil, según lo informó un diario local. En ese sentido, fija un plazo de 6 meses como tope máximo de retiro. Luego de esa fecha límite, el Tribunal Superior de Justicia podrá disponer del bien y optar por subastarlo, destinarlo a algún organismo estatal u ordenar su compactación o destrucción.

El proyecto especifica que en caso de subasta, se deducirá de lo obtenido la deuda acumulada en concepto de depósito y custodia. Si se opta por la entrega a organismos estatales, se tasará el vehículo y se depositará en una cuenta especial su valor, monto al que luego se le deducirán los costos que ocasionó su estadía en el depósito.

La compactación se utilizará sólo para aquellos casos en los cuales el vehículo no se encuentre apto para circular o si el costo de su reparación excede la valuación del rodado. Esta opción implica que la Fiscalía quedará facultada para perseguir al propietario del bien para que abone la deuda por tasa de depósito y custodia y el costo de compactación del vehículo.

Aclara que los fondos provenientes de la venta de vehículos secuestrados se depositarán en una cuenta especial. Lo recaudado permanecerá por un lapso de 2 años y luego se transferirá, junto a los intereses generados, a otra cuenta denominada "Fondo de Reequipamiento Policial”. Dicho período se incorpora para subsanar aquellos casos en los cuales el dueño decide reclamar por su vehículo.

A la vez, la norma crea un Registro Único de Bienes Muebles Registrables Secuestrados, el mismo dependerá en forma directa del TSJ y quedarán inscriptos todos los automotores que se encuentren a disposición de dicho poder, fijando el estado del bien, fecha del secuestro y datos registrales.

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