FERNANDEZ ORO
A juicio por malos tratos en la perrera municipal
La acusación señala que en el período transcurrido entre el 21 de abril de 2010 y el 1 de diciembre de 2011 los empleados municipales sometieron a los perros a malos tratos consistentes en no alimentarlos en cantidad y calidad suficientes.Fernández Oro.- Cinco empleados municipales de Fernández Oro serán juzgados el próximo 9 de junio por los supuestos malos tratos ocasionados a los animales que tenían a su cargo cuando se desempeñaban en la perrera municipal.
Luis Castillo, Luis Acuña y Ruben Olivares, llegarán a juicio acusados de incumplimiento de los deberes de funcionario público y maltrato a los animales (art. 248 del Código Penal y por el art. 2, punto 1 de la Ley 14346 de Protección a los Animales); y los empleados Ismael Cofre y Javier Vallejos están imputados por maltrato animal (Ley 14.346 art. 2, punto 1)
La jueza de la Cámara Primera del Crimen Alejandra Berenguer tendrá a su cargo el juicio correccional. El Dr. Oscar Cid será el agente fiscal y el defensor particular Antonio Barrera Nicholson tendrá a su cargo la defensa de los cinco acusados.
La denuncia fue interpuesta por la Asociación Protectora de Animales (APRA).
La acusación señala que en el período transcurrido entre el 21 de abril de 2010 y el 1 de diciembre de 2011 los empleados municipales Olivares, Acuña y Castillo quienes estaban a cargo de la perrera de la ciudad de Fernández Oro, sometieron a los perros a malos tratos consistentes en no alimentarlos en cantidad y calidad suficientes. Asimismo no habrían mantenido las instalaciones en forma adecuada en cuanto a la salubridad requerida para los fines propios de dicho organismo público.
La misma imputación pesa sobre los funcionarios Muñoz Vallejos y Cofre quienes tampoco habrían alimentado en la cantidad y calidad necesaria a los canes, ni habrían mantenido la perrera en las condiciones de higiene correspondiente entre el mes de marzo de 2008 y el 21 de noviembre de 2011.
Legislación en materia de Protección Animal
Cabe destacar que la Ley de la Nación 14.346 establece penas para las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales en todo el territorio Argentino. Por ende en su Artículo primero indica que se reprimirá con penas de prisión de quince días a un año a las personas que maltraten o comentan actos de crueldad a los animales.
En su Artículo Segundo, la norma puntualiza todos los actos considerados maltratos; y en su Artículo Tercero detalla los que son contemplados como actos de crueldad.
Es así que la ley establece como primer punto del art. 2do: "No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos”.