LEGISLATURA NEUQUEN

Mecanismo de consulta previa al pueblo mapuche

Es para que se consulte previamente al pueblo mapuche mediante un mecanismo claro respecto a cualquier medida legislativa que pueda afectar sus intereses y derechos.
lunes, 13 de julio de 2015 · 06:38
Neuquén.- Los diputados Rodolfo Canini y Raúl Podestá (FG-NE) presentaron un proyecto de resolución para que se consulte previamente al pueblo mapuche mediante un mecanismo claro respecto a cualquier medida legislativa que pueda afectar sus intereses y derechos.
La iniciativa hace mención a la utilización de procedimientos transparentes, sistemáticos y replicables que generen confianza entre las partes y facilite el acceso a la participación de la mayor cantidad de integrantes de la comunidad.
Al respecto, resalta en sus fundamentos, que tanto Naciones Unidas como la Organización Internacional del Trabajo se pronuncian en ese sentido. La ONU indica que es obligación de los Estados consultar a los pueblos indígenas con carácter previo a la adopción de medidas legislativas, administrativas y políticas que afecten derechos e intereses.
Lo deben hacer –remarca- "de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”.
En tanto, la OIT expresa en los artículos 6 y 7 del Convenio 169 que las consultas se deben realizar mediante "procedimientos apropiados y en particular a través de instituciones representativas susceptibles de afectarles directamente”. Agrega que las medidas deben ser flexibles y tener en cuenta las condiciones propias de cada país.
En ese sentido, fija criterios mínimos y requisitos esenciales para tal fin: consulta previa; no realizar audiencias meramente informativas; incluir procedimientos que generen confianza; utilizar a instituciones representativas de la comunidad como nexo; adoptar un criterio de representatividad flexible e incluir procesos de consulta accesibles, sistemáticos y trasparentes que consideren la dimensión temporal, es decir, que reconozca los tiempos que demande el proceso de toma de decisión de cada pueblo originario.


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