NEUQUÉN

Legisladores mediarán en tema de alquileres

La Dirección de Defensa al Consumidor trabaja un proyecto con los diputados provinciales.
martes, 1 de septiembre de 2015 · 10:39
La Dirección de Defensa al Consumidor, a cargo de Martin Reigada, se encuentra trabajando en un proyecto en forma conjunta con los diputados provinciales.

El mismo consiste en lo referente al tema de los alquileres. Desde el área, se aclaró que "no para regular el precio de los mismos, ya que se debe a la oferta y a la demanda”.

"Hubo legisladores que estaban realmente preocupados en este tema de los alquileres y nos convocaron a trabajar en forma conjunta con Defensa al Consumidor, pero quedó claro que no podemos mediar en el tema de los costos”, dijo Reigada. El trabajo podría ser, por ejemplo, brindar información a los inquilinos y también supervisar los contratos.

Con la vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial, las inmobiliarias y corredores de comercio deben respetar a los inquilinos. No pueden imponer leyes arancelarias que los obliguen a pagar por un servicio que no contrataron, ni que les fuera informado en la publicidad.  No se puede seguir abusando entre los propietarios e inmobiliarias de la debilidad del que necesita un techo.

Esto es lo que dice el Código Civil: 

Información: Las Inmobiliarias deben operar de buena fe, publicitar e informar, en forma cierta y detallada,  las características esenciales del inmueble, las condiciones de su comercialización y toda otra circunstancia relevante para el contrato. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor.

Comisión: El corredor tiene derecho a la comisión estipulada si el negocio se celebra como resultado de su intervención. La responsabilidad del pago es del que lo contrató, el propietario. El precio que debe pagar el propietario surge de la negociación.

Gastos: El corredor inmobiliario, no puede solicitar reembolso de gastos administrativos que hacen a su propia actividad (art. 1354 CCyC).

Tampoco puede cobrar gastos que:
 
1) Sean hechos solo en beneficio del propietario (certificación notarial de firmas)
2) Que no tengan su correspondiente documentación de haber sido realizados (informes de dominio)
3) Gastos fiscales de sellado de contrato que tenga su correspondiente respaldo de haber sido pagado en tiempo, forma y en proporción dispuesta por LEY (mitad cada uno y con su recibo).

Renovación del Alquiler:  Es nula cualquier imposición de comisiones, en abuso de la posición dominante y aprovechando de las necesidades del inquilino, que refleje una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia de la labor cumplida. En caso de ser pagada, para evitar el desalojo, el inquilino puede reclamar su restitución, con más intereses y daños causados. (En el nuevo Código Civil, no existe la renovación, se debe siempre hacer un contrato nuevo, pero a los efectos de las costumbres lo citamos así).

Cláusulas Abusivas: En los contratos de alquiler, se deben tener por no escritas las cláusulas que limiten los derechos del inquilino mediante la  imposición en la obligación de pago de comisión por la intervención de la inmobiliaria, fijen el costo de la comisión, pago de gastos  y, la subordinación  de su intervención en las sucesivas renovaciones del mismo contrato.  Aun cuando sean negociadas individualmente o aprobadas expresamente por el inquilino.

Trato Digno y No Discriminatorio: Las inmobiliarias deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los inquilinos. Se debe dar un trato no discriminatorio, en especial al fijar las pautas comerciales. No se puede  discriminar la familia con niños,  con mascotas (a excepción de la prohibición expresa en el reglamento de copropiedad) y, en aprobación de garantías contractuales sin motivos legítimos.  En especial si las mismas pautas no son publicitadas junto con la oferta de alquiler.

Publicidad Engañosa: Las inmobiliarias son responsables por la publicidad que ofertan las propiedades en alquiler, donde no coinciden con la realidad, con el fin de agregarle un valor económico adicional que no tienen. Inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características de las propiedades o de las prestación de su servicios,  pueden ser demandadas por el inquilino.
 

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios