PLOTTIER

Pidieron la impugnación de mesas en Plottier

Se trataría de 23 mesas por irregularidades en el desarrollo eleccionario.
lunes, 14 de septiembre de 2015 · 10:29

Tras las elecciones municipales en Plottier, en la que fue reelecto el intendente, Andrés Peressini, pidieron la impugnación de 23 mesas. Lo hizo Marisa Torres, concejal electa por la colectora del MPN, Movimiento Ciudadano Activa. Las mesas aun no fueron impugnadas, pero el pedido fue presentado en tiempo y forma ante la Junta Electoral. 

Marisa Torres, aseguró a este medio que "la semana pasada estuvimos trabajando bastante con el escrutinio provisorio porque vimos muchas irregularidades en el desarrollo eleccionario”. Expresó que entre tantas situaciones, observaron a autoridades de mesa demasiado autoritarias.

En este contexto, dijo que se trata de 23 mesas que fueron revisadas. "Los telegramas oficiales se los pedimos a la Junta Electoral para poder colaborar con nuestros resultados y allí comprobamos las irregularidades. Es decir, las sumas dicen cosas diferentes, los totales en general”.

Torres comentó que el cómputo del Municipio expresa que votaron 23.730 ciudadanos, mientras que las sumas hechas por la colectora y otros partidos, informan un total de 24.027 personas.

"Hay una gran diferencia. No se dónde está el resto de los ciudadanos que votaron. Esto es demasiado preocupante”, concluyó.

 Una vez iniciado el proceso, la Junta Electoral procederá a realizar con la mayor rapidez y en los días que fuesen necesarios todas las operaciones que indica el Código Electoral Provincial (165) en su artículo 105. Esto quiere decir que el escrutinio definitivo no tiene plazos y que la tarea demandará el tiempo que la Junta requiera.

 

¿Qué verifica la Junta?

La Ley Electoral define que, con las actas sobre la mesa, la Junta procederá a verificar

· Si hay indicio de que haya sido adulterada

· Si no tiene defectos sustanciales de forma;

· Si la hora en que se abrió y cerró el acto da cumplimiento a lo dispuesto por esta ley;

·  Si viene acompañada de las demás actas y documentos que el presidente hubiere recibido o producido, con motivo del acto electoral y escrutinio provisional;

· Si el número de ciudadanos que votaron según el acta coincide con el número de sobres remitidos por el presidente de mesa.

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