¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Logo Am2022
PUBLICIDAD

La Corte Suprema le prohibió a Neuquén mantener la tasa que cobra el CIPPA

La medida estará vigente hasta que se resuelve la cuestión de fondo.
Agregar Mejorinformado en
Agrega Mejorinformado a tus medios preferidos en Google
Miércoles, 05 de octubre de 2016 a las 17:58
PUBLICIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación le prohibió a la provincia de Neuquén cobrar la tasa de inspección bromatológica percibida por el Control de Ingreso Provincial de Productos Alimenticios, más conocida como CIPPA, a las firmas ARCOR e Ilolay, como así también impedir u obstaculizar el ingreso y la distribución de los productos elaborados por estas empresas.

El fallo del supremo tribunal de la Nación, que estará vigente hasta que se dicte un fallo de fondo, obedece a las presentaciones efectuadas por firmas –la razón social de Ilolay es "Sucesores de Alfredo Williner”- quienes sostienen que la tasa provincial que cobra el CIPPA, organismo creado a través de la ley provincial 2766, funciona como una aduana interior y grava la circulación Interjurisdiccional.

 Consideran además que el gobierno de Neuquén "carece de facultades para controlar alimentos en tránsito y menos aún para cobrar un tributo derivado de ese comportamiento ilegítimo”.

Esgrimen que el artículo 75 de la Constitución Nacional acuerdo al gobierno federal la competencia exclusiva para regular el comercio interjurisdiccional y en idéntica línea con ello, el Código Alimentario Argentino garantiza la libre circulación de alimentos en todo el territorio nacional.

El fallo de la Corte sobre el pedido de Arcor se concretó el pasado 20 de septiembre mientras que el de Ilolay fue el 3 de mayo pasado.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD