IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS

Una mala Navidad para ex intendente de Piedra del Águila

lunes, 26 de diciembre de 2016 · 08:28

El ex jefe comunal de la localidad neuquina, que estuvo al frente de la cartera municipal en tres administraciones, fue condenado por el Tribunal de Cuentas de la provincia por irregularidades administrativas en el año 2010. Adolfo Paine, también fue denunciado en el 2009 por irregularidades en la construcción del estadio municipal y por vender un colectivo, propiedad municipal, sin autorización del Deliberante.

En ocasión de las denuncias el ex concejal Díaz acusó a Paine de hacer un uso arbitrario de los fondos públicos, sin presentar sus proyectos a consideración del Concejo Deliberante.En esta causa caratulada: "Municipalidad de Piedra del Águila - Rendición de Cuentas Ejercicio 2010 - Actuación Sumarial”, (Expte. 2600- 48641/2010 - Alc. 2), el Tribunal resolvió: Artículo 1º: Declarar la responsabilidad administrativa patrimonial de los Sres. Adolfo Paine y Juan José Soria -quienes se desempeñaron durante el ejercicio 2010 como Intendente y Secretario de Hacienda del Municipio respectivamente- respecto a las Observaciones que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad ordenado por Acuerdo JR-8769 contenidas en el Anexo I del Informe Nº 4265/12 -y ratificadas en el Informe Nº 4312/12-, correspondiente al Ejercicio 2010 de la Municipalidad de Piedra del Águila.

Por lo que en el boletín oficial de la provincia del Neuquén, se comunica la condena a los Sres. Adolfo Paine y Juan José Soria en forma solidaria, al pago de la suma total de pesos un millón doscientos noventa y siete mil quinientos cuatro con 02/100 ($1.297.504,02) imputándose la suma de $977.706,28 a capital y la suma de pesos $319.797,74 en concepto de intereses calculados desde el 31/12/2010 al 31/08/2016.

"Me deja tranquilo que se investigue, porque como en otras ocasiones se verá que no hay ninguna irregularidad”, sostuvo dos años atrás, el ex funcionario, que ahora fue condenado a pagar y resarcir al Estado neuquino.

La resolución también sentencia que "en el plazo de veinte (20) días deberán depositar el total resultante en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadavia- y presentar el comprobante emitido por el Banco en la sede de este Tribunal ubicada en calle Roca Nº 73 de la ciudad de Neuquén. De no cumplir con ésto, una vez vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito, se librará testimonio de la sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecución por vía de apremio”.

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