CINCO SALTOS
Vía Bariloche condenada por haber extraviado una encomienda
Deberá indemnizar al pasajero con más de 26 mil pesos por un reclamo efectuado en el año 2013.La jueza Soledad Peruzzi consideró que la demanda debía encuadrarse en lo que establece la Ley de Defensa de Consumidor.
El damnificado, por su propio derecho, promovió demanda contra Vía Bariloche SA, por la suma de 26.300 pesos en concepto de daños y perjuicios derivados de un incumplimiento de contrato de transporte.
Manifestó que luego de someterse a la instancia de mediación obligatoria sin resultado positivo debió interponer esta acción contra el demandado explicando los motivos que lo llevaron a ello.
Indicó que en fecha 10/01/2013 se presentó en la sucursal de la empresa Vía Bariloche SA en la ciudad de Tartagal, provincia de Salta y contrató un servicio de encomiendas para enviar desde esa ciudad a la localidad de Cinco Saltos dos bultos cerrados facturados mediante guía Nº 0329-00001777.
Los hechos
El 19 de enero de 2013 se apersonó en la sucursal de destino en calle Brown y 25 de Mayo de la ciudad de Cinco Saltos para retirar los bultos correspondientes y se le informa el extravío de dos bultos.
Presentó el comprobante del envío de uno de los bultos que contenía un lavarropas automático y el restante contenía un DVD, ropa, un teléfono inalámbrico, enseres de cocina, libros adornos, partes de una computadora entre otras cosas; denunciando que el valor aproximado de las mercaderías ascendía a 7.500 pesos.
El día 22 del mismo mes concurrió nuevamente a la empresa a los efectos de solicitar novedades del envío. Al no tener respuesta positiva en el tema, efectuó el reclamo en forma escrita que lleva el número 0127-58 y tres días más tarde remitió un correo electrónico a la empresa, informando la situación sin tener respuesta alguna.
Agregó además que debido a la imposibilidad de adquirir un nuevo lavarropas debió alquilar uno por la suma de 200 pesos por mes.
Además, efectúo la denuncia en la oficina de Defensa del Consumidor registrada con el número de expediente 031/13 de fecha 30/01/2013.
Cuantifica y reclama integralmente los siguientes rubros: a) daño directo: 5.000 pesos, b) daño emergente: 12.500 pesos, c) daño moral: 4.000 pesos, y d) privación de uso: 4.800 pesos. Solicita además la aplicación del artículo 52 de la Ley de Defensa del Consumidor.
La jueza Peruzzi hizo lugar en orden a la compensación de "daño emergente” y "daño moral” pero rechazó la pretensión en cuánto a "daño directo”, "privación de uso” y "daño punitivo”.
Además, resolvió "hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por el damnificado y consecuentemente condenar a Via Bariloche SA. a abonarle en el plazo de diez días, la suma de 9.200 pesos en concepto de capital, con más los intereses para los rubros que correspondan, a calcular de conformidad a lo indicado en los considerandos del presente”El fallo fue apelado ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción Judicial.