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Padres condenados por la Justicia: dos historias neuquinas

Uno se demoró en reconocer a su hijo. El otro no pagó el colegio privado. Ambos tienen una buena posición económica.
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Las crisis matrimoniales, las separaciones y las posteriores disputas por los bienes, obligaciones y demás, son una constante de nuestros tiempos. Tanto como las circunstancias a las que lamentablemente se ven expuestos los niños, muchas veces "motivo” de verdaderas marañas judiciales.

Sin ir más lejos, la Justicia neuquina acaba de condenar a dos padres en sendos casos que vale la pena repasar, en virtud de que no constituyen extrañezas (ni mucho menos). En uno lo condenó a pagar una indemnización por el presunto daño moral que le provocó a su hijo el hecho de que recién lo reconociera en forma tardía. Y, en el otro, otro hombre fue obligado a pagar una suma fija además de la cuota alimentaria para su hija, que tuvo que abandonar dos colegios privados y anotarse en una escuela pública.

En ambos casos se trata de personas con recursos económicos suficientes como para afrontar sus responsabilidades, según se desprende de los fallos que a continuación se resumen.

Primer caso - La Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia del Juzgado de Familia N 3, que condenó a un hombre a indemnizar a su hijo por el daño moral que supuestamente le causó al haberlo reconocido al cabo de algunos años.

Lo que hizo el Tribunal que integran los jueces Marcelo Medori y Fernando Ghisini fue rechazar la apelación que había presentado el padre, con el argumento que la relación de pareja no había sido de matrimonio ni de concubinato, sino circunstancial, "de tránsito”, esporádica, discontinua y efímera. Duró "sólo 3 semanas, entre enero y febrero de 2010” y "cada uno tenía su vida organizada en diferentes países” (ella en Chile y él en la Argentina), contó el hombre y dijo que su "compañera” le había manifestado que "no podía quedar embarazada y mantener intimidad con otro hombre”.

También explicó que tuvo "razonables dudas” sobre la filiación y que lo

supeditó a un análisis de ADN, tras el cual reconoció al pequeño (en marzo de 2015). Es más, sostuvo que él mismo propuso un régimen de visitas y de cuota alimentaria.

Pero los magistrados entendieron que si tuvo dudas de la paternidad que se le atribuía, o en su caso dela veracidad del embarazo, no tomó los recaudos necesarios para despejarlas. Y que, además de haberle afectado la psiquis, su conducta privó a su hijo del apellido. En el fallo también se habló sobre "la imposibilidad del niño de disfrutar de toda asistencia material, las circunstancias de edad y experiencia vital deaquel, que ya había sido padre, nivel socioeconómico medio alto…” Y así, se dispuso una indemnización de 15.000 pesos más los intereses que se fueron acumulando desde la fecha de nacimiento.

Segundo caso - La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, integrada por los jueces FedericoGigena Basombrio y Patricia Clerici, le impuso al padre una suma fija, además del porcentaje de la cuota alimentaria.

La madre había apelado el fallo del Juzgado de Familia N 1 que obligaba al padre a pagar la cuota del colegio al que ya no asistía. En su presentación sostuvo que las cuotas y matriculas del Colegio Morning Glory debían ser impuestas desde el inicio de la demanda(31/7/2012) hasta diciembre de 2013, fecha en que la niña "concluyó dicha escolaridad por imposibilidad económica”.

La mujer dijo que en virtud de la deuda que el padre supuestamente mantenía con el establecimiento, tuvo que pasarla a otro colegio privado, en el que también se generó deuda y que, aunque finalmente pudo pagarla, terminó anotándola en una escuela pública.

A la luz de esa situación, el Tribunal de alzada fijó la cuota alimentaria en el 25% de los haberesmensuales que recibe en relación de dependencia, más 4.000 pesos también al mes. El hombre también se desempeña profesionalmente en el ámbito privado.





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