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El municipio ante la justicia por reclamos administrativos

Es principalmente por temas relativos al ensanchamiento de la calle Leloir-Dr. Ramón.
Domingo, 03 de julio de 2016 a las 09:32
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La sala II de la Cámara Civil, Comercial, Laboral y de Minería ratificó el fallo de primera instancia por el cual la Municipalidad de Neuquén tiene un plazo de 30 días para responder a reclamos administrativos del Consejo Asesor Económico Social y de Planeamiento (Caesyp).

Se trata de un amparo presentado por el titular de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Neuquén, Ricardo Riva, en diciembre de 2015 ante la falta de respuesta del Ejecutivo municipal a planteos del Caesyp, en su mayoría de resguardo ambiental, que datan del 2014.

"Considero que la sentencia dictada resulta ajustada a derecho”, afirmó Federico Gigena Basombrío, juez de Cámara, al ratificar de tal modo el fallo del Juzgado Civil Nº 3, a cargo de Gustavo Belli, del pasado 27 de abril.

Como antecedente, el Caesyp elevó en el 2014 nueve notas al Municipio por temas relativos a cuestiones ambientales y administrativas, como el ensanchamiento de la calle Leloir-Dr. Ramón; estudios ambientales de Cordineu; propuestas por riesgos de inundaciones; autoridades del Caesyp, etc.

La Municipalidad no respondió las notas, razón por la cual los miembros del Caesyp solicitaron el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo para llevar la demanda a la justicia, como ocurrió en forma efectiva en diciembre pasado.

Respuesta a la apelación

La Municipalidad argumentó en la apelación que el amparo era improcedente por no haber indicado el ‘pronto despacho’ que requiere la legislación vigente.

Sobre este punto, la Cámara  señaló que si bien "no se encuentra cuestionado que para la procedencia del amparo por mora es necesario que, previamente, el administrado interponga un pedido de un pronto despacho”, agregó que "la cuestión controvertida es si dicha petición fue efectuada en las actuaciones administrativas”.



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