UNA LEY PROTEGERÁ LOS RÍOS
Aprobaron el Alerta Hídrico Ambiental por cinco años en Neuquén
La Cámara de Diputados aprobó en general y por amplia mayoría declarar el Alerta Hídrico Ambiental por un plazo de 5 años en todos los cursos y cuerpos de agua existentes en el territorio de la provincia del Neuquén.La Cámara de Diputados aprobó en general y por amplia mayoría declarar el Alerta Hídrico Ambiental por un plazo de 5 años en todos los cursos y cuerpos de agua existentes en el territorio de la provincia del Neuquén.
La iniciativa fija responsabilidades tanto provinciales como municipales; crea un Comité de Alerta para la elaboración de un plan estratégico; destina una partida especial para obras de saneamiento y establece criterios de calidad para que actividades con un potencial contaminante traten sus residuos en forma previa al vertido al sistema. También aclara que para casos de incumplimiento sistemático, al infractor le puede corresponder una acción de tipo penal.
La norma fue aprobada en la 12 sesión ordinaria del cuerpo por 28 votos, el despacho por mayoría y en general y el acompañamiento de 9 bloques políticos.
La misma consta de 55 artículos e incorpora aspectos técnicos y operativos requeridos por organismos de gobierno dedicados a la temática y premisas sugeridas por distintas asociaciones ambientalistas que participaron del debate. Estas últimas tendrán un rol activo en materia de control al formar parte del Comité que crea la norma y así poder participar en la definición de prioridades de obras y realización de controles que fija la norma.
"Hay un recurso que hay que hay cuidar y ese es el agua. Por eso se tomó nota y se volcó en la normativa todas las sugerencias que nos acercaron los distintos bloques, el Estado provincial y las asociaciones que participaron de un debate que demandó más de dos meses”, destacó el diputado Claudio Domínguez (MPN) al defender la declaración de Alerta Ambiental ante el pleno de la Cámara.
En ese sentido, remarcó que durante el trabajo en comisiones se lograron los consensos necesarios para sancionar una norma a la que calificó de "operativa, aplicable, superadora y que será de vanguardia a nivel nacional”.
Al hablar sobre el rol que desempeñará el Poder Ejecutivo, observó que la norma le ordena "realizar un inventario y un análisis de situación de cada uno de los sistemas de efluentes cloacales de cada localidad”.
De igual forma, aclaró que la ley se pronuncia de manera taxativa respecto a la forma en que se debe actuar respecto todas las urbanizaciones que estén a la vera del río o lago, públicas o privadas, y efectuar una tarea similar en mataderos, plantas de faena, industria vitivinícola, frutícola o agroindustrial, entre otros rubros.
"Antes de dar una licencia comercial o de entregar una factibilidad de comienzo o de fin de obra, la autoridad de aplicación debe corroborar la habilitación de plantas de tratamiento para prevenir el volcado de líquidos sin tratar a los efluentes cloacales, por el peligro que esto acarrea para el sistema”, sostuvo Domínguez.
"Los municipios de primera, segunda y tercera categoría, no expedirán licencias comerciales, certificados de factibilidad, de inicio o terminación de obra provisorios o finales, cuando éstas prevean volcado de efluentes a cuerpos hídricos receptores o sistema de conducción de efluentes cloacales, sin que previamente la autoridad competente emita la norma de autorización correspondiente”, agregó al referirse al artículo 24 de la ley.
En ese sentido, recordó que la norma incorpora un anexo para que 61 rubros o actividades comerciales deben requerir autorización a la autoridad de aplicación antes de poder obtener su correspondiente habilitación.
"Cada municipios, antes de extender una licencia comercial, debe solicitar autorización a la autoridad de aplicación, que tendrá que corroborar la instalación de una planta de tratamiento acorde al tipo de desecho que genere”, indicó.
Subrayó que en caso de incumplimiento reiterado, la norma faculta a la autoridad de aplicación a iniciar una acción penal en contra del infractor.