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Castigan por “rebeldía” a la mutual rionegrina

Pese a la orden judicial, no le garantizó el tratamiento de fertilización asistida a una pareja. Una jueza de Roca le aplicó multas de 15.000 pesos por día.
jueves, 13 de julio de 2017 · 12:08

Un recurso de amparo obligó a la obra social de los empleados públicos de la provincia de Río Negro (Ipross) a cubrirle el tratamiento de fertilización asistida a una pareja del Alto Valle. Y, como no cumplió, la jueza en lo Civil N 3 de Roca, le aplicó una multa de 15.000 pesos por cada día de demora.

Según se indicó en tal sentido, la situación es acuciante. Y la prueba está en que la jueza no sólo argumentó su decisión en "la resistencia” de la obra social a cumplir con la sentencia; sino también en la urgencia de la pareja. Es que "de no realizarse” el tratamiento en agosto próximo, "se perderán los embriones crioconservados”.

Fuentes judiciales dijeron que la sentencia de amparo se dictó el 27 de abril último; y le ordenó al Ipross "la cobertura de los gastos de tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad, mediante transferencia de embriones criopreservados”, a realizarse en un centro especializado de la ciudad de Bariloche.

En aquella oportunidad se estableció una multa de 5.000 pesos por cada día de retraso que eventualmente se registrase. Entonces, llegado el 15 de mayo y verificado el incumplimiento, se le ordenó pagar; y para evitar la reincidencia se aumentó el valor de la multa a 10.000 pesos diarios.

Pero eso no es todo, ya que el 6 de junio se volvió a constatar el incumplimiento de la orden judicial, y se aumentó el monto de la multa a los actuales 15.000 pesos por día.

La conducta de la mutual "se erige como de suma gravedad, atentatoria y violatoria no sólo de los derechos constitucionales ya abordados respecto de los amparistas, sino de los constitutivos al Estado de Derecho”, señaló la jueza Andrea de la Iglesia en su última resolución.

La jueza intimó al Ipross y a su Presidente, "para que en forma inmediata acredite el efectivo cumplimiento de lo ordenado en la sentencia (...) bajo apercibimiento de elevar las astreintes (multa) a la suma de 30.000 pesos por cada día de retraso/incumplimiento (...) y bajo apercibimiento de incurrir el responsable de tal institución en el delito de desobediencia a una orden judicial”.

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