NEUQUEN

Petrolera tiene que incluir las viandas en la indemnización

La compañía pretendía excluirlas de la liquidación por despido de un operario, pero no lo logró. La Justicia lo resolvió en fallo dividido.
domingo, 7 de octubre de 2018 · 09:42

En un fallo dividido, la Sala Primera de la Cámara Civil de Neuquén rechazó las pretensiones de una empresa de servicios petroleros, que buscaba excluir a las viandas del cálculo de la indemnización por despido de un operario.

En su reciente sentencia, los camaristas rechazaron la apelación realizada por La Estrella SA, y confirmaron el fallo con el que un juzgado de primera instancia la condenó al pago de 603.408,80 pesos e intereses por todo concepto.

El despido sobrevino a mediados de 2015; y en su apelación, la compañía se quejo -entre otras cosas- de que el juzgado de primera instancia haya incluido rubros “no remunerativos” dentro de la base de cálculo de la indemnización.

Como se dijo, la consideración de los camaristas no fue en el mismo sentido. Por el contrario, el juez Jorge Pascuarelli propuso rechazar la apelación y confirmar la sentencia; al tiempo que su colega, Marcelo Medori votó en disidencia.

En virtud de ello, fue necesario un tercer voto; en este caso, el de la jueza Patricia Clerici, quien adhirió al voto de Pascuarelli.

Destacó que “todo rubro dinerario que se abone al trabajador en forma mensual, normal y habitual integra la base para determinar la indemnización por despido, salvo que la misma encuadre dentro de los supuestos previstos por el artículo 103 bis y 106 (conforme las circunstancias fácticas del caso en este último supuesto), correspondiendo al empleador la demostración de que se está en presencia de la excepción que invoca”.

Los artículos en cuestión son de la Ley de Contrato de Trabajo.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

85%
Satisfacción
0%
Esperanza
0%
Bronca
8%
Tristeza
2%
Incertidumbre
2%
Indiferencia

Comentarios