La Justicia neuquina le dio autorización a una mujer para que mantenga en las redes sociales un video en el que literalmente escracha a su ex pareja. La acusación es seria, ya que le endilga un supuesto abuso sexual que de hecho denunció en otra sede penal.
El hombre había logrado que un juzgado de primera instancia ordenara la eliminación de ese video de las redes. Pero la mujer apeló, y ahora la Sala Segunda de la Cámara Civil neuquina priorizó su derecho a la libertad de expresión.
En su resolución, los jueces de Cámara Patricia Clerici y Marcelo Medori dijeron lo siguiente: “La orden de impedir su difusión y conocimiento público importa una vulneración a la libertad de expresión, por lo que dicha orden debe dejarse sin efecto. Ello, claro está, dejando a salvo el derecho del afectado para obtener responsabilidades -tanto civiles como penales- subsiguientes a la publicación”.
En el expediente judicial consta que la relación entre ambos se prolongó durante tres años, que se agotó en 2014, y que la última comunicación telefónica fue el 24 de abril de 2016.
La mujer negó que los uniera una relación familiar, como consideró la Justicia. Por el contrario, dijo que el vínculo fue informal, sin permanencia, ocasional y limitado al mantenimiento de relaciones sexuales. Sostuvo, además, que nunca hubo una relación afectiva ni un plan de vida en común, ya que el hombre mantenía una relación de noviazgo estable.
“Dos personas no se convierten en familia por el solo hecho de mantener relaciones sexuales”, argumentó en su apelación; y dijo que el video es “una herramienta de justicia reparadora” en su calidad de supuesta víctima de abuso sexual.
El hombre dijo que mantuvo una relación sentimental “durante tres años, en forma intermitente y sin convivencia”. Mientras que el supuesto abuso habría ocurrido en octubre de 2014, cuando la relación se estaba agotando.
Tras analizar todos estos elementos, los jueces de Cámara textualmente resolvieron: “Modificar parcialmente las resoluciones (de primera instancia), dejando sin efecto la orden de retirar de las redes sociales todo material subido por la denunciada en el que se haga mención al denunciante”.