Orden del Superior Tribunal de Justicia

La Justicia puso en su lugar a otra prepaga, con el caso de un niño

Se negaba a cubrir el acompañamiento de los padres de un niño de seis años que debe tratarse en Buenos Aires.
lunes, 12 de marzo de 2018 · 19:25

Así como recibe críticas por distintas causas y motivos, la Justicia garantiza los derechos de los afiliados a las empresas de medicina prepaga, cada vez que estas intentan retacear las prestaciones.

Sin ir más lejos, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de Río Negro acaba de confirmar la sentencia con la que la jueza de Familia de Bariloche, Marcela Trillini, le ordenó a una mutual que brinde la cobertura total del tratamiento que un niño de 6 años debe realizarse en el Instituto Fleni de la ciudad de Buenos Aires.

Fuentes judiciales explicaron que el pequeño sufre encefalitis, mielitis, encefalomielitis con síndromes epilépticos especiales. Y que, al rechazar su apelación, el Máximo Tribunal le ordenó a la prepaga que la cobertura no sea a través del reintegro y que también cubra el acompañamiento de los padres.

La jueza ya había explicado que aplicar en el caso el trámite del reintegro implicaba que el afiliado asumiera la cobertura en función de la posibilidad de sus recursos económicos.

En tanto que al argumentar su apelación, el abogado de la obra social consideró que el profesional tratante del niño no consignó en su prescripción un fundamento médico o científico que avale o justifique que resulte imprescindible su traslado al Instituto Fleni con ambos padres. Pero sus argumentos no fueron válidos para los jueces.

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