MATAFUEGOS EN DUDA
Alquiló un salón “inseguro” y lo multaron
Los matafuegos no tenían el mantenimiento obligatorio. Y el vecino terminó pagando una multa de 5.500 pesos.Aquel que esté por realizar una fiesta y tenga decidido alquilar un salón para ello, deberá revisar muy bien la existencia de matafuegos; y si los hay (en realidad, tiene que haberlos) tendrá que observar la fecha de recarga… No vaya a ser cosa que le suceda lo que le ocurrió a un vecino de Neuquén, que terminó pagando una multa de 5.500 pesos.
El Juzgado de Faltas N 1 le había aplicado una multa de 10 mil pesos más otros 500 pesos de costas, por su infracción al Artículo 148 de la Ordenanza 12028, que dice lo siguiente: “El que omitiere la colocación de elementos o instalaciones de seguridad contra incendios o permitiere la existencia de elementos incompletos o deficientes, será sancionado con multa”.
Pero Santiago (cuyo apellido se preserva) apeló, y logró que el intendente Horacio Quiroga le redujera la pena a la mitad, aunque conservando inalterables las costas.
En su defensa, el vecino expuso que el mantenimiento de los matafuegos era responsabilidad del dueño del salón al que se lo había alquilado; que el artículo refiere a industrias y comercios; y que, en todo caso, correspondía el Artículo 249, que refiere a la realización de eventos sin cumplir las medidas de seguridad.
Finalmente, la sanción fue modificada aunque sólo en forma parcial, ya que la responsabilidad de los matafuegos siguió recayendo sobre él.