Un extraño (y por demás preocupante) caso transcurre por estos días en la localidad rionegrina de El Bolsón, donde la Justicia le tuvo que ordenar a los padres que vacunen y cuiden como corresponde, a su bebé de apenas tres meses que contrajo meningitis.
Una pediatra del hospital donde el niño estuvo internado informó que los padres “no toman conciencia de la gravedad del estado de salud”, “ni asumen que la patología contraída podría prevenirse con vacunas”. Peor aún, no prestaron consentimiento para la vacunación y se limitaron a decir que “lo iban a pensar”.
En tanto que, en una presentación anónima, un vecino dio cuenta de que esa familia reside en una zona rural en una comunidad cerrada, con “prácticas de vida no saludables”. La meningitis, se sabe, es una enfermedad que puede resultar letal.
El caso lo lleva adelante la titular del Juzgado N 11 de Familia de El Bolsón, Erika Fontela, quien les ordenó a los padres que cumplan tanto con el plan nacional de vacunación, como con el tratamiento; y dispuso un seguimiento especial para garantizar “el interés superior del niño”.
La medida cautelar implica que los padres “diariamente deberán informar telefónicamente al servicio de urgencias”, y “concurrir al servicio de pediatría como mínimo cada 72 horas, tomar intervención con la terapista para iniciar un tratamiento rehabilitante de estimulación temprana, acreditar la asistencia a una nutricionista, acreditar la inscripción del niño a una obra social, y acreditar el informe de un trabajador social respecto a las condiciones de habitabilidad”, entre otras medidas.
La intervención del Juzgado se inició a partir de la denuncia del Defensor de Menores de El Bolsón, Horacio Cabrera quien fundó su presentación en la omisión de cuidados.
Acompañó la denuncia con un informe médico que da cuenta de que el niño ingresó a la guardia del Hospital de El Bolsón con fiebre alta y convulsiones. Había nacido en un parto domiciliario y no contaba con vacunas. Tras el examen se detectó que presentaba signos meníngeos.
A la hora de decidir sobre la situación, la magistrada afirmó que se trata de la necesidad de armonizar derechos: “Surge de la manifestación de los progenitores, que voluntariamente han decidido una forma de vida. Y esta elección concuerda con la libertad consagrada en nuestra Constitución”. Sin embargo, para la jueza “el ejercicio de esta libertad, se encuentra limitado, habida cuenta que las acciones privadas no pueden de modo alguno perjudicar a un tercero. En el caso de autos, el tercero perjudicado es el niño”.
La jueza también otorgó un plazo de 7 días para que los progenitores realicen una propuesta de compromiso social (creación de grupo de autoayuda, salidas radiales, club de papás que informen de las consecuencias de la falta de vacunación y realización de tareas comunitarias).