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No consiguió cobrar ni con una demanda

Una proveedora demandó a la Provincia para cobrar más de 646 mil pesos facturados al IPROSS.
Viernes, 22 de junio de 2018 a las 16:44
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La Justicia rionegrina rechazó las pretensiones de una proveedora que buscaba cobrarle a la Provincia por esta vía; e indicó que el cobro debe gestionarse a través del trámite de “legítimo abono”, previsto en el Reglamento de Contrataciones.

Fuentes judiciales dijeron que al rechazar la demanda de la proveedora y revocar la sentencia de la Cámara Civil de Viedma, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dejó en claro que quien contrata con el Estado tiene el deber de conocer de qué forma corresponde hacerlo.

En este caso se trata de una contratación directa e irregular de la obra social de los trabajadores del Estado (IPROSS), cuya proveedora reclama el pago de 646.475,48 pesos por la provisión de materiales ortopédicos, de rehabilitación y quirúrgicos, entre otros.

En ese sentido, los jueces del STJ concluyeron que las irregularidades en el modo de contratación entre entidades y empresas estatales, no pueden ser salvadas en sede judicial y los proveedores, necesariamente, tienen que transitar por un trámite de “legítimo abono”, única vía para cobrar en esos casos.

El “legítimo abono” está contemplado en el artículo 90 del Reglamento de Contrataciones de la provincia, y se utiliza cuando una contratación no se hubiese ajustado a las normas establecidas. Es un procedimiento de carácter excepcional, dijeron las mismas fuentes.

Ahora, el STJ admitió un recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía de Estado y ratificó que la gestión debe canalizarse mediante el procedimiento de “legítimo abono”.

En ese sentido, los jueces sostuvieron que “la vía adecuada para procurar el cobro a la Administración, cuando el vínculo se aparta de los procedimientos administrativos normados para la selección de sus contratistas, es el legislado para el legítimo abono en el art. 90 del RC; siendo ello indisponible para las partes (Estado y particular)”.

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