NEUQUÉN

El Estado no está obligado a indemnizar a tercerizados

Así lo dispuso la Justicia neuquina. La causa se inició por los incumplimientos de una empresa de limpieza.
miércoles, 6 de noviembre de 2019 · 08:48

La Sala Tercera de la Cámara Civil de Neuquén revocó un fallo de primera instancia, y dejó en claro que no le corresponde a la provincia hacerse cargo de las indemnizaciones, que deben cobrar quienes son despedidos de las empresas que les brindan servicios al Estado.

Este caso tiene sus particularidades, ya que se trata de una firma que brindaba servicios de limpieza hospitalaria y que, al parecer, se esfumó en septiembre de 2011 sin pagarles a sus empleados.

Mucho más acá en el tiempo, el 18 de diciembre de 2018, un juzgado de primera instancia condenó al empleador identificado como Juan Esteban Roldán y -en forma solidaria- a la provincia a pagarles un total de 408.759,51 pesos e intereses.

La provincia apeló haciendo hincapié en que el servicio estaba concesionado y, ahora, los camaristas Fernando Ghisini y Marcelo Medori revocaron la condena que pesaba sobre ella.

El expediente judicial lo habían iniciado 16 mujeres y dos hombres en demanda del cobro de sueldos, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales e indemnizaciones.

Respecto de la responsabilidad solidaria, el juzgado de primera instancia había considerado que el Estado provincial, como gerente y garante del bien común, no podía “desligarse de la suerte de los trabajadores de empresas concesionarias con las que contrata y terceriza tareas”. 

También había puesto énfasis en que, en este caso, “el empleador desapareció sin abonar siquiera las indemnizaciones”. Ahora, con este fallo, deberá afrontar el pago en soledad.

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