FEMICIDIO DE FERNANDA PEREYRA

Abogados no matriculados ejercieron la defensa de condenados

No tienen matrícula en Neuquén, pero la Oficina Judicial los citó a una audiencia de revisión de prisión preventiva para el lunes 25.
jueves, 21 de marzo de 2019 · 22:07

Los condenados a prisión perpetua por el femicidio de Fernanda Pereyra, los hermanos Diego y Fabio Marillán, interpusieron un “recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia” con la asistencia letrada de dos abogados que no se encuentran matriculados en la provincia de Neuquén. El recurso, de 28 páginas, fue aceptado para ser analizado en el Tribunal Superior de Justicia y la Oficina Judicial fijó audiencia para el próximo 25 de marzo, admitiendo que los letrados –imposibilitados para ejercer la profesión en Neuquén- utilizaron la dirección electrónica prestada por el abogado Juan Coto.

El caso, que podría encuadrarse dentro del ejercicio ilegal de la profesión, se conoció hoy luego de realizada una audiencia por la que los condenados por el asesinato de la joven de Rincón de los Sauces volvieron a apelar su prisión preventiva.

De acuerdo con la documentación a la que accedió mejorinformado.com, los abogados Oscar Alberto Rodríguez y Carolina Laura Grassi asumieron la representación legal de los hermanos Marillán para que el TSJ analice y resuelva si la sentencia de la jueza Leticia Lorenzo fue arbitraria o no. Pero lo llamativo del caso es que ni Rodríguez ni Grassi están habilitados para litigar en los tribunales de Neuquén. Ambos ejercen en la ciudad de La Plata, donde están matriculados.

La presentación que interpusieron los letrados hace referencia, en toda su extensión, a lo que consideran pruebas inexistentes o forzadas para inculpar a los hermanos Marillán, algo que ya había intentado –sin éxito- el abogado del juicio Juan Coto.

“Lo más grave es que la Oficina Judicial, sin control de ningún tipo, citó a una audiencia a los dos abogados para el 25 de marzo, aun dejando constancia en la citación de que no tienen dirección electrónica, lo que significa un ejercicio ilegal de la profesión”, se quejó el abogado querellante Marcelo Hertzriken Velasco. Para el letrado, de llevarse adelante la audiencia “se estaría convalidando un delito”.

La inhabilitación del ejercicio ante los estrados neuquinos de abogados matriculados en otras jurisdicciones fue resuelto en noviembre de 2009 por el Tribunal Superior de Justicia, mediante el Acuerdo 4464, ante un pedido del Colegio de Abogados.

La conformación del TSJ de aquel año, -Oscar Massei como presidente y los vocales Ricardo Kohon, Eduardo Cía, Antonio Labate y Lelia Martinez de Corvalán-, resolvió:

1°) “Disponer que a partir de la publicación del presente resolutorio en el Boletín Oficial, los titulares de los organismos del Poder Judicial de la Provincia, deberán exigir la acreditación de la matriculación prevista en la ley 685”. Y en el punto 2°) “Hacer saber a aquellos abogados que a la fecha de publicación del presente, no hayan dado cumplimiento a la legislación provincial vigente, que deberán regularizar su inscripción dentro del término de 30 días hábiles administrativos”.

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