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La hermana de Peressini no podrá ser candidata

Se postulaba como candidata del partido Siempre. Lo resolvió la Junta Electoral Provincial.
Jueves, 01 de agosto de 2019 a las 21:33

Se conoció en la tarde del jueves la decisión de la Junta Electoral Provincial en torno a la impugnación a la candidatura de Cintia Verónica Peressini, por no cumplir con la exigencia de residencia mínima e inmediata de cuatro años prevista en la Carta Orgánica Municipal". Finalmente, su candidatura fue revocada.

La Junta Electoral neuquina le dio cinco días corridos para que las agrupaciones que postulaban a la hermana del actual jefe comunal, Andrés Peressini, la reemplacen. Puntualmente, se expresó así: 1) REVOCAR la Resolución N° 5954/19 dictada por la Jueza Electoral de la Provincia y dictadas a consecuencia de aquélla (Resoluciones N° 5977 –partido “EVOLUCIÓN”-, 6031 –partido “FRENTE ÚNICO PLOTTIER”-, 5907 –partido “MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR”-, 5985 –partido “PLOTTIER FUERZA Y COMPROMISO”-, 5988 –partido  SUMAR”- 5993 – partido “PROGRESAR”- y 6005 –partido “UNIÓN DE LOS NEUQUINOS”-), en cuanto oficializó la candidatura a Intendente Municipal de la Sra. Cintia Verónica Peressini, por no cumplir con la exigencia de residencia mínima e inmediata de cuatro (4) años prevista en la Carta Orgánica Municipal (art. 33). 2)  Hacer saber a las agrupaciones políticas cuyas candidaturas por este acto se revocan que disponen de un plazo de cinco (5) días corridos para que procedan a la sustitución de la candidatura revocada (art. 73, in fine, Ley 3053).

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