UN BALAZO EN LA RODILLA

Aumentan indemnización para un policía baleado

La Cámara Laboral de Viedma consideró que su incapacidad es superior a la dictaminada en primera instancia.
martes, 27 de agosto de 2019 · 09:45

La Justicia Laboral de Río Negro incrementó el monto de la indemnización que deberá recibir un efectivo policial, baleado en una pierna en un asalto. La Cámara Laboral de Viedma recalculó el porcentaje de incapacidad al comprobar que sus limitaciones para realizar actividades habituales eran superiores a las estipuladas en primera instancia.

El uniformado recibió un balazo en una rodilla cuando fue interceptado por dos personas que le robaron el arma reglamentaria. Se dirigía a su casa luego de cumplir tareas de vigilancia en un supermercado del barrio Lavalle, de Viedma.

La ART Horizonte le brindó la asistencia médica y farmacológica, se le realizaron estudios complementarios, tratamiento quirúrgico y recibió asistencia psicológica por parte de la institución policial.

Finalmente lo indemnizaron, pero en base a un porcentaje de discapacidad que consideró insuficiente. De esta manera, se presentó ante el Poder Judicial para que adecuaran el porcentaje de discapacidad y, por lo tanto, actualizaran el monto que le correspondía.

La perita médica calculó la incapacidad en relación a las lesiones sufridas y sus consecuencias: fractura de tibia, limitación de movimiento, y ponderó que correspondía diagnosticar una mayor incapacidad que la indicada anteriormente.

Las pericias psicológicas también dieron cuenta del estrés postraumático y certificaron el cambio que significó el hecho en su vida diaria y social, y las limitaciones para su trabajo.

“El hombre presenta dificultades para mantenerse en posición de sentado durante períodos prolongados debido a la aparición de dolor y presenta dificultades para realizar actividad física como correr”, se destacó. Incluso no pudo jugar más al fútbol.

Por otra parte, la Cámara consideró que el hecho no constituye un accidente "in itinere", es decir aquel que se produce en el traslado entre el lugar de trabajo y el domicilio, “pues se produjo estando el actor uniformado y tuvo como objetivo la sustracción del arma reglamentaria. En consecuencia, entiendo que aún en las circunstancias reseñadas en que se produjo el siniestro, el actor se encontraba de servicio”, dice el fallo.

Finalmente, dispone un incremento en la indemnización en concepto de incapacidad laboral y estipula que los intereses deben computarse desde el momento en que se produjo el hecho.

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