BOLETÍN OFICIAL

Atención, Vaca Muerta: ¿Quiénes quedaron afuera de pagar Ganancias?

Este lunes se reglamentó la inclusión de la cuarta categoría, pero detallaron la excepción de personal petrolero y gasífero.
lunes, 22 de julio de 2024 · 10:01

Este lunes salió publicado en el Boletín Oficial la reglamentación del Impuesto a las Ganancias (IIGG), tras la aprobación de Diputados de volver a incluir la cuarta categoría. Además, debido a que el Senado rechazó la medida y no contempló las modificaciones que se habían hecho en la Cámara Baja, el Paquete Fiscal no incluyó el 22% de la zona patagónica, por lo que más trabajadores de Neuquén y Río Negro se suman al tributo. Sin embargo, el Gobierno exceptuó en el decreto a un significativo grupo de trabajadores del sector.  

Según señalaron en el Decreto 652/2024, el Ejecutivo consideró sacar del gravamen al "personal de pozo". En este sentido, detalló que quedan afuera aquellos que se desenvuelvan en: la exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña; y aquellos que trabajen en tareas desempeñadas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente en los pozos petrolíferos o gasíferos.

Asimismo, tampoco pagarán Ganancias los trabajadores afectados a la operación y mantenimiento de instalaciones que sean necesarias para la producción de hidrocarburos, como así también hagan labores que fueran necesarias para la exploración y producción de hidrocarburos.

Por último, indicaron que el personal administrativo no está considerado dentro del beneficio y agregaron que "tampoco deberá considerarse a todo otro personal -cualquiera fuera su puesto o categoría- que no encuadre como 'personal de pozo'".

 

¿Cómo es el nuevo esquema de Ganancias?

A partir de ahora, empezarán a pagar IIGG los solteros que cobren a partir de $1.800.000 (o $1.494.000 netos) y los casados que cobren con una base de $2.200.00 (o $1.781.000 netos). En el cálculo, quedan incluidos el aguinaldo, las horas extras y viáticos de larga distancia.

El mecanismo no es retroactivo, sino que se empieza a aplicar desde julio (es decir, lo que se cobra a partir de agosto). Las alícuotas van desde el 5% al 35%, respectivamente. Por último, la actualización para calcular la base se hará cada 3 meses hasta que concluya el año; después, se extenderá hasta 6 meses, según plasme el Índice de Precios al Consumidor (IPC). 

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