Durante la pandemia, un empleado de una panadería en Cipolletti fue despedido tras ser filmado por su empleador mientras tomaba mate en el sector de elaboración. La empresa argumentó que la acción representaba un riesgo sanitario, ya que el flujo de saliva podía contaminar el entorno y restos de yerba caían sobre la masa cruda destinada a la producción de panificados.
Sin embargo, el tribunal laboral consideró que la medida fue injustificada, ya que el consumo de mate era una práctica habitual en el lugar y no existían antecedentes de sanciones previas contra el trabajador.
El empleado, que se desempeñaba como repartidor desde 2017, había firmado en julio de 2020 una notificación que prohibía el consumo de mate dentro del establecimiento, como parte de los protocolos sanitarios implementados por la empresa.
Meses después, el dueño presentó videos como prueba, donde se veía al trabajador tomando mate y ofreciendo la infusión a un compañero. El 7 de octubre de 2020, el empleador comunicó verbalmente el despido, ratificándolo luego por carta documento, bajo el argumento de falta grave y pérdida de confianza.
Durante el juicio, el tribunal determinó que la empresa no aplicó sanciones menores antes de recurrir al despido, lo que contradice el principio de progresividad en el derecho laboral. Además, se acreditó que el mate era parte de la rutina diaria dentro de la panadería, tanto entre empleados como el propio dueño.
Por ello, la Justicia resolvió que el despido fue injustificado y ordenó el pago de una indemnización de $207.632,91, que incluye antigüedad, preaviso, salario proporcional, vacaciones no gozadas y certificados laborales.